III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta el 16 de enero de 2017, por la ciudadana Ángela Rosa Rivas Blanco, asistida de abogada, en su carácter de autos, contra la decisión de fecha 09 de enero de 2017, proferida por el tribunal de la causa. Segundo: REVOCA, la decisión de fecha 09 de enero de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible, la Acción Mero Declarativa de Unión Estable de Hecho, interpuesta por la ciudadana Ángela Rosa Rivas Blanco, contra los Herederos de José Ángel Queros Ortunia (†). En consecuencia, se ORDENA, al tribunal de la causa, dictar despacho saneador, solicitánd.....