En consecuencia, con fundamento en los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara PROCEDENTE la medida cautelar nominada solicitada por la parte demandante, ciudadano CARLOS JOSÉ LEÓN en consecuencia, se decreta EMBARGO PREVENTIVO del BIEN MUEBLE constituido por vehículo Placas: PAP 80G, Serial N.I.V.: 9FH11UJ9089019730, Serial de Carrocería: 9FH11UJ9089019730, Serial de Chasis: 9FH11UJ9089019730, Serial del motor: 3RZ3454190, Marca: TOYOTA, Modelo: TOYOTA MERU M/ / RZJ90L-GJMNKLA, Año del modelo: 2008, Color: AMARILLO, Clase: RÚSTICO, Tipo: SPORT WAGON, Uso: PARTICULAR, Nro de puestos: 5, Nro. Ejes: 2, Tara: 1630, Cap. Carga: 400, Servicio: PRIVADO, propiedad de la codemandada ciudadana FABIOLA SENOVIA MILLA.....