REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 05 de octubre de 2017
207º y 158º
Visto el escrito de pruebas presentado por la Abogada Anavith Moreno, en su carácter de autos, el Tribunal acuerda agregarlo a los autos. Asimismo, por cuanto el mismo no es manifiestamente ilegal ni impertinente se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Con respecto al merito favorable y ratificación de las pruebas promovidas, en relación a las pruebas promovidas en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 5, 6, 7, 8, 10, 11 y 12, al ser documentos administrativos se admiten, teniéndose para ser apreciados en su oportunidad. Respecto a la prueba promovida en el numeral 9, relacionada a las reproducciones fotográficas tomadas por el demandante de autos, al no ser de las pruebas permitidas en segunda instanc.....