ASUNTO : KP02-M-2014-000124
Visto el desistimiento de la acción y del procedimiento suscrito entre las partes en fecha 27/05/2015, y dada su conformidad por el codemandado en fecha 02/06/2015, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria), intentada por el ciudadano HECTOR JOSÉ ASUAJE BARRADAS, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.437.114, asistido por el abogado ARMANDO GOYO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 27.110, contra el ciudadano ARMANDO JOSÉ BARBERA PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.541.654, de este domicilio como deudor aceptante, asistido por el abogado FRANKCHESCO ARMANDO BARBERA CERMOLA, de Inpreabogado N° 186.631 (f. 89), y contra la sociedad mercantil OFICINA TÉCNICA DE INGENIERIA S-B, C.A. (O.T.I. S-B, C.A.), inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 29/05/2006, bajo el N° 6, Tomo 25-a, representada por su apoderado judicial abogado.....