Este Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a pronunciarse y lo hace en los siguientes términos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial 37.022, de fecha 25-08-2000, en relación con el Numeral 6 del Artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal Penal SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en lo que respecta al ciudadano FREDDY NOLBERTO ARAMBULET. En consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la Causa a favor del supra mencionado ciudadano, plenamente identificado en autos, en virtud de acogerse plenamente la solicitud presentada por la Fiscal del Ministerio Público, formulada como parte de buena fe en el proceso y por considerarse que en efecto, el imputado ha cumplido cabalmente con el Acuerdo reparatorio propuesto por el mismo en fecha 04-08-2005, de conformid.....