Este Tribunal de juicio Nº 02, administrando Justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la ley CONDENA al acusado JOSE LUIS CUICAS SUAREZ, Venezolano, C.I. Nº 17.451.939, soltero, de 23 años de edad, residenciado en vía Duaca cerca del Club Amali casa de color blanco, de bahareque, paso de Tacarigua, casa sin número, hijo de Rafael Crispin Cuicas y María Alberta Suárez , a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION así como a las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal por considerarlo culpable de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA Y APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 278 y 472 del Código Penal, que deberá cumplir en el centro de reclusión que determine el Juez de Ejecución. Se ACUERDA MANTENER al acusado la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad de que disfruta, en la misma forma hasta ahora observada y hasta qu.....