este Juzgado acuerda por ser procedente lo siguiente: PRIMERO: Acuerda HOMOLOGAR el DECAIMIENTO DE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL; así como que han quedado sin efecto e inejecutables, y perdido su carácter de cosa juzgada, tanto la sentencia de Primera Instancia de fecha 03 de enero de 2023 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el Expediente Nro. KP02-0-2022-000074 como la Sentencia de Amparo de Segunda Instancia de fecha 08 de febrero de 2023 dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el Expediente Nro. KP02-0-2022-003249 (MANUAL) - KC04-0-2022000002; SEGUNDO: Acuerda HOMOLOGAR la renuncia a la acción de cobro de las cosas del proceso. TERCERO: Téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para s.....