Procede este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA a pronunciarse, por las consideraciones procedentemente expuestas, este, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. Su COMPETENCIA, para conocer del presente asunto por motivo de demora por la prestación de servicio público.
2. Se ADMITE, la acción de amparo constitucional interpuesta.
3. Se declara CON LUGAR la acción de amparo por servicio público interpuesto por la ciudadana ELIAS SARAID LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.15.730.006, debidamente asistido por la Defensora Publica Integral Auxiliar Primera del estado Lara, Abg. MARIAGNIS ESCALONA, contra el Consejo Nacional Electoral del estado Lara, en la personal del Registrador Civil que se encuentre de guardia.
4. En consecuencia SE ORDENA librar oficio bajo el N° 2023-543, dirigido al Registrad.....