Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por la ciudadanaGladys Josefina Herrera Velásquez,ya identificada en autos,y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle ala ciudadanaGLADYS JOSEFINA HERRERA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.671.581; el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías edificadassobre un terreno de ejido del municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, constituida por un local comercial,ubicadoen la calle Punta Brava, casa S/N, sector el Punta Brava, Parroquia Manuel Manrique de San Carlos, del referido municipio, ya descrita en la solicitud, todo de conformidad con.....