ACUERDA: PRIMERO: Sentenciar conforme al Procedimiento Especial por admisión de los hechos, por lo que se acuerda dictar la Sentencia Definitiva por separado y estando las partes presentes quedan notificadas. SEGUNDO: Se sanciona al adolescente, SE SUPRIME LA IDENTIDAD CONFORME AL ARTICULO 65, ORDINAL SEGUNDO DE LA LEY ORGANICA DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, Venezolano, de 16 años de edad para el momento de los hechos, soltero, titular de la Cédula de la Identidad N° V-25.752.215, natural de San Carlos, Estado Cojedes, profesión u oficio indefinido, soltero, residenciado en el Complejo Habitacional Ezequiel Zamora, zona 5, torre B, piso 01, apartamento No. 1-3, San Carlos Estado Cojedes, la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 5 Y 6, numerales 1, 2 y 8 de la Ley de Hurto y Robo de vehiculo Automotores, en concordancia con lo previsto en el articulo 277, del Códi.....