este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes las probanzas evacuadas para acreditar la cualidad que tiene el ciudadano José Orlando Lovera Rodriguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.981.868, en su condición de cónyuge, los ciudadanos Roxen José Farias Aguiar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 25.603.622 y Julio Miguel Carrillo Aguia, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.630.721 los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, en su condición de hijos, de Ún.....