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DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle la ciudadana; Ana Gabriela Gudiño Manzanilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.257.482, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías, constituidas sobre un área de terreno de aproximadamente CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SIETE CENTÍMETROS (154,7m2), con un área de construcción de CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHO CENTÍMETROS (56,8m2), la cual posee las siguientes características: Un inmueble con las siguientes características; Paredes de bloques de cemento, techo de laminas de loza, piso de cemento, la casa cons.....