En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando como Tribunal de Primera Instancia Regional de lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados Asunción de Jesús Sulbaran Pérez y Aquilio José Carrasco Primera, inscritos en el I.P.S.A bajo los números 113.872, 144.689, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos Petra María Crespo Carrasco, Judith Teresa Crespo Carrasco, Giovanny Leonardo Crespo Carrasco, Nancy Elena Crespo Carrasco, Ramón Bonifacio Crespo Carrasco, Albonio de Jesús Crespo Carrasco y Noris Josefina Crespo Carrasco, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°V-9.849.567, V-9.847.734, V-10.766.111, V-12.449.089, V-10.746.....