Por la razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN FORMULADA POR EL CIUDADANO: ADONY ARANGU ALVAREZ, en contra del embargo ejecutivo practicado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco, se conforma así el embargo y las actuaciones realizadas por el Juzgado ejecutor para la restitución del bien embargado a la depositaria judicial. Remítase copia certificada de la presente decisión al INSTITUTO NACIONAL DE TRANSITO TERRESTRE DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA. SEGUNDO: Se condena en costas al tercero opositor. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de la presente decisión.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho, a los.....