Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso intentado por JESUS RAMON PEÑA LINARES, venezolano, mayor de edad, Comisario General de la Policía del Estado Trujillo, casado, provisto de la cédula de identidad Nro. 4.313.699, domiciliado en la avenida Numa Quevedo Sector puente Machado, Municipio Chiquinquirá Estado Trujillo, y aquí de Transito, por intermedio de su apoderado judicial RUBEN DARIO RONDON GRATEROL, abogado en ejercicio, Venezolano, mayor de edad, casado, provisto de Cédula de Identidad 9. 162.983, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 38.886, domiciliado en la ciudad de Valera, Estado Trujillo, en contra del ESTADO TRUJILLO, representada por RANIER GONZALEZ, abogado en ejercicio, e inscrita.....