DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: La APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con los artículos 283 y 284 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano KEISER JOSE ROMERO BAEZA, venezolano, natural de esta ciudad de Tucupita mayor edad, portador de la cédula de identidad N° V-17.524.278, residenciado en el sector Pinto Salinas, Calle Boyacá, Casa N° 64, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, quien dijo ser hijo de Omar Romero (v) y Junist Baeza (v), nacido en fecha 26/04/1984, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Obrero adscrito a la Gobernación del Estado Delta Amacuro, destacado en el Centro Educativo Inicial Simoncito .....