El penado ALEXIS ERASMO MATUTE, entró detenido el 23/10/01 por lo que hasta la presente fecha lleva en detención: DOS AÑOS, TRES MESES y VEINTISIETE DÍAS, faltándole por cumplir NUEVE (9) AÑOS, OCHO (8) MESES y TRES (3) DÍAS. Pena que extingue justamente el VEINTITRÉS DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE (23/10/2013).-
Dicho penado puede optar a cualquiera de las fórmulas alternativas de cumplimiento de Pena, luego de haber estado privado de su libertad por un tiempo no inferior a la mitad de la pena que se le haya impuesto. DESTACAMENTO DE TRABAJO y RÉGIMEN ABIERTO: al tener cumplido seis años, que sería a partir del 23/10/2007; LIBERTAD CONDICIONAL: al tener cumplido ocho años, que sería: 23/10/2009 y CONFINAMIENTO: al tener cumplido nueve años, que sería el 23/10/2010. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.
Así mismo el penado no podrá optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por cuanto fue condena.....