PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los ciudadanos ROSALYTH MARIAM GIL RAMIRES y ALBERTO JESÚS SILVA LINAREZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.883.322 y V-17.727.900, respectivamente, actuando este último en condición de representante legal de la Sociedad Mercantil SERVIPINTURAS OCCIDENTE C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 03 de agosto del año 2010, bajo el N° 41, Tomo 69-A, asistidos por el abogado LUIS RAFAEL AGÜERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 242.880, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 09 de junio del año 2022, en el asunto signado con el N° KP02-V-2022-000102.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA ADHESIÓN A LA APELACIÓN efectuada por el abogado JOSÉ ERNESTO RIERA GARCÍA, inscritos en el Institu.....