DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 26, 49, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 362 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, en consecuencia téngase por reconocido dicho documento celebrado entre los ciudadanos JANETH COROMOTO VELASQUEZ COLMENAREZ y el ciudadano JOSE GREGORIO PEREZ GOMEZ, identificados ut supra, celebrado en fecha 17 de Marzo del Año 2.017.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada por resultar totalmente vencida.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en .....