En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Homologado el Desistimiento de la apelación presentada por el abogado ARNOLDO PONCE, apoderado de la actora, ciudadana JOSEFINA CARMONA DE CARILLO, contra decisión de este Tribunal de fecha 30 de noviembre del 2010.
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho, en Barquisimeto, a los Trece (13) días del mes de Diciembre de 2.010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.