En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada EUGENIA ESPINOZA, en su condición de JUEZ SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, mediante acta de inhibición de fecha 15 de enero de 2008, en el procedimiento por Consignación de prestaciones Sociales, intentado por la sociedad mercantil Inversiones Gressan C.A, en contra del ciudadano Luis Enrique Álvarez Duran, observando que la misma cumple con los requisitos de procedencia establecidos legalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Por cuanto, contra la presente decisión no se admite recurso alguno conforme a lo pautado en el artículo 45 de.....