Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano Orlando José Alvarado Torres (ampliamente identificado en autos) a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION por ser autor responsable del delito Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procesales respectivas.
SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente.
TERCERO: Se acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del acusado, de conformidad con el .....