Por las consideraciones arriba expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE parcialmente el escrito acusatorio presentado por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, DRA.MARIA ELENA ROMERO, en contra de los ciudadanos LUIS RICARDO RODRIGUEZ LAREZ, HELBERT AGUSTIN COTUA y EDGAR ALEXANDER BELLO CARRION, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL , previsto y sancionado en el artículo 410 del Código Penal y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en virtud que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal para su admisión. se declara sin lugar la nulidad de las actas procesales, considerando que estamos ante una presunta.....