IV
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, constituido en Tribunal Mixto, de manera UNÁNIME, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 363 encabezamiento, 364, 365; y, 367 todos del Código Orgánico Procesal Penal; CONDENA, al Acusado, MANUEL ÁNGEL GONZÁLEZ MONTIEL; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.524.506; residenciado en el Municipio Mara, Sector Los Cáñamos, vía Tule, casa S/N°, más delante de la Escuela Los Cáñamos, Maracaibo, estado Zulia; ha sufrir la pena de: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN. Por haber sido hallado por este Tribunal Mixto, autor, por tanto CULPABLE, en consecuencia RESPONSABLE PENALMENTE, de la Comisión del Delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 .....