DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda, por DESALOJO, intentada por la ciudadana: MARLENE CHIQUINQUIRÁ CORDERO PRIETO, venezolana, mayor de edad, soltera, productora agropecuaria, titular de la Cédula de Identidad N° 7.301.558, de este domicilio, actuando por sus propios derechos, así como en su carácter de mandataria de la sucesión de su extinto padre, ciudadano: LUIS CORDERO MELÉNDEZ, representada judicialmente por el abogado en ejercicio: AGUSTIN OCANTO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.914, contra las partes demandadas: AURA MARINA SUÁREZ, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 7.468.819, representada judicialmente por el abogado: RANIER GONZALEZ M., Inpreabogado N° 92.289, y l.....