Este Tribunal de Control N° 8, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8vo ejusdem y artículo 108 ordinal 5º del Código Penal, en la causa seguida al ciudadano BENJAMIN LINAREZ, mayor de edad, Venezolano, C.I. 3.864.497 y residenciado en la carrera 14 entre 51 y 52 casa nro. 52-58. Así mismo se ordena la entrega del vehículo clase autobús, tipo escolar, marca Ford, año 1962, serial del motor V-8, serial de carrocería 3600N-240284, color amarillo (actualmente esta pintado de azul oscuro), placa actual 479-742 al ciudadano Omar Segnini Martínez portador de la cédula de identidad nro.2.196.134. Devuélvanse los documentos originales, previa certificación de copias que quedaran en su lugar en el asunto. Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones al Archivo.....