REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
-I-
De Las Partes
Solicitante: Sociedad Mercantil Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital, en fecha 09 de mayo de 2022, quedando inscrita en el Registro de Comercio bajo el N° 7, Tomo 325-A, número de expediente 223-44144, inscrita bajo el Registro de Información Fiscal bajo el N° J502224475.
Apoderado Judicial: José Manuel Iliesca Medero, titular de la Cédula de Identidad V- 17.844.667 de inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 149.974.
Motivo: Titulo Supletorio.
Decisión: Sentencia Interlocutoria.
Solicitud: Nº 0546.
-II-
Síntesis
En fecha 31 de Julio de 2025, se recibió escrito contentivo de solicitud de Titulo Supletorio, presentado por el ciudadano Maurizio Scioscia Locantore, titular de la Cédula de Identidad V- 11.737.449, en su condición de Director de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Mis Chiquitas C.A, debidamente asistido por el Abogado José Manuel Iliesca Medero, titular de la Cédula de Identidad V- 17.844.667 de inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 149.974, el cual riela en el folio 01 al 34 de la presente solicitud.
Por auto de fecha 31 de Julio de 2025, se le dio entrada en este Tribunal a la presente solicitud bajo el Nº 0546, el cual riela en el folio 35 de la presente solicitud.
En fecha 01 de Agosto de 2025, mediante auto se Admitió la presente solicitud, se fijó oportunidad para la evacuación de los testigos promovidos, el Tribunal acuerda oficiar a la Oficina Regional de Tierras del estado Cojedes (ORT), y se fijó para el día 19 de septiembre de 2025 la práctica de la inspección judicial, asimismo se libraron oficios Nros 0275-2025,0276-2025 y 0277-2025, el cual riela en el folio 36 al folio 39 de la presente solicitud.
En fecha 06 de Agosto de 2025, el ciudadano Jesús León, Alguacil del Tribunal, mediante diligencia consigna acuse de recibo de oficios Nros 0275-2025, 0276-2025 y 0277-2025, el cual riela a los folios 40 al 43 de la presente Solicitud.
En fecha 08 de Agosto de 2025, se recibió oficio Proveniente de la Oficina Regional de Tierras (ORT) COJ-0011-25, de fecha 07 de Agosto de 2025, dando respuesta al oficio Nº 0275-2025, donde informa que el lote de terreno denominado Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., ubicado en el Sector La Candelaria, Asentamiento Campesino La Candelaria, Parroquia Tinaquillo, Municipio Tinaquillo, estado Cojedes, el cual presenta un Titulo de Declaratoria de Garantía de Permanencia, según Sesión ORD-1613-25 de fecha 2025-05-07 con punto de cuenta aprobado e impreso, a favor de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., el cual riela al folios 44 de la presente Solicitud.
En fecha 11 de Agosto de 2025, los Ciudadanos Jaiker Alexander Sánchez Lugo y José Gregorio Conde Aguilar, rindieron su declaración, el cual riela a los folios 45 y 46, las actas levantadas.
En fecha 19 de septiembre de 2025, se realizó la Inspección Judicial en el lote de terreno denominado Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., ubicado en el Sector La Candelaria, Asentamiento Campesino La Candelaria, Parroquia Tinaquillo, Municipio Tinaquillo, estado Cojedes, el cual riela en los folios 47 al 49 de la presente Solicitud.
En fecha 23 de septiembre de 2025, se recibió informe fotográfico de la Inspección Judicial realizada en fecha 19 de septiembre de 2025, consignado por el ciudadano Daniel Alejandro Salazar, titular de la cédula de identidad N° V-32.017.457, el cual riela en el folio 50 al 68 de la presente Solicitud.
-III-
Motivación
La Sociedad Mercantil Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital, en fecha 09 de mayo de 2022, quedando inscrita en el Registro de Comercio bajo el N° 7, Tomo 325-A, número de expediente 223-44144, inscrita bajo el Registro de Información Fiscal bajo el N° J502224475, representada por el ciudadano Maurizio Scioscia Locantore, titular de la Cédula de Identidad V- 11.737.449, en su condición de Director de dicha Sociedad Mercantil, debidamente asistido por el Abogado José Manuel Iliesca Medero, titular de la Cédula de Identidad V- 17.844.667 de inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 149.974, solicita que le sea decretado título suficiente de propiedad, sobre unas bienhechurías edificadas con dinero de su propio peculio particular, sobre el lote de terreno cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones especifica debidamente en su petición.
El solicitante consigno las siguientes pruebas instrumentales:
• Copia simple de la cédula del representante de la parte Solicitante, ciudadano Maurizio Scioscia Locantore, folio 07.
• Copia simple del Registro Mercantil y del Acta Constitutiva Estatutaria de la Sociedad Mercantil, Agropecuaria Mis Chiquitas C.A, folios 08 al 14.
• Copia simple del Registro Único de Información Fiscal (RIF) de la Sociedad Mercantil, Agropecuaria Mis Chiquitas C.A, folio15.
• Copia de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario, Nº 910150925RAT0012659, otorgado en reunión ORD 1613-25 de fecha 07 de mayo de 2025, folios 16 y 17.
• Copia de cédula de los testigos, ciudadanos Jaiker Alexander Sánchez Lugo y José Gregorio Conde Aguilar, folio 18.
• Fotografías del lote de terreno de la Sociedad Mercantil, Agropecuaria Mis Chiquitas C.A, folio 19 al 25
• Carta de ocupación emitida por el consejo comunal “El Remance”, folio 26.
• Plano de ubicación de la de la Sociedad Mercantil, Agropecuaria Mis Chiquitas C.A, folio 27 y 28.
• Copia simple del Poder Notariado conferido al Abg. José Manuel Iliesca, folio 29 al 34.
De igual forma, se puede observar que en la presente Solicitud signada con el Nº 0546 (Nomenclatura interna de este Tribunal), se realizó Inspección Judicial en un lote de terreno denominado Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., ubicado en el Sector La Candelaria, Asentamiento Campesino La Candelaria, Parroquia Tinaquillo, Municipio Tinaquillo, estado Cojedes, en fecha 19 de septiembre de 2025, donde se pudo constatar que dentro del lote de terreno inspeccionado existen las siguientes bienhechurías: Un (1) corral para ganado bovino con embarcadero fabricado con tubos de hierro de dos (2) pulgadas, parales esquineros de tubos y vigas de hierro, con instalaciones para luz eléctrica y agua, con un brete y romana electrónica para pesar el ganado bovino de forma individual o grupos de cuatro a cinco animales por pesaje el cual tiene una capacidad de cinco mil kilogramos (5.000 kgs.), con brete de hierro para trabajo de ganado con un pasillo techado que finaliza con un separador circular; el pasillo y el separador tienen piso de concreto. Este corral está diseñado para albergar al menos cien (100) animales. Ubicación referencial UTM: Este: 571952,81 Norte: 1095154,50; Un (1) galpón de aproximadamente treinta y seis metros con veinticinco centímetros (36,25 mts.) de largo por doce metros con ochenta y cinco centímetros (12,85 mts.) de ancho para una superficie total de cuatrocientos sesenta y cinco metros cuadrados con ochenta y un centímetros (465,81 mts2), construido de piso de concreto, columnas y vigas de hierro, láminas de techo de aluminio, con instalaciones de luz eléctrica y agua, cerrado parcialmente en su lindero este y sur de paredes de bloques de cemento, con puertas y separadores de hierro, el cual es usado para resguardo de maquinaria agrícola y alimento de uso animal. Ubicación referencial UTM: Este: 571954,11 Norte: 1095123,13; Un (1) galpón construido con piso de cemento, paredes de bloque de cemento frisado, un (1) portón de dos hojas de hierro de punta de diamante, una puerta de hierro lateral, vigas y parales de hierro, techo de acerolit con respiradero, de aproximadamente veinticinco metros con sesenta y dos centímetros (25,62 mts.) de largo por cuatro metros con noventa centímetros (4,90 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de ciento veinticinco metros cuadrados con cincuenta y tres centímetros (125,53 mts2). Este galpón tiene a su vez construido dos (2) cuartos de depósito de piso de concreto, paredes de bloque frisado, techo mil tejas, parales de hierro cuya superficie aproximadamente es de siete metros con sesenta y ocho centímetros (7,68 mts.) de largo por siete metros con ochenta y tres centímetros (7,83 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de sesenta metros cuadrados con trece centímetros (60,13 mts2). Es usado para almacenamiento de alimento concentrado para animales y otros usos. Ubicación referencial UTM: Este: 571932,47 Norte: 1095123,02; Una (1) instalación de romana tipo jaula de hierro para control y pesaje de cerdos y animales pequeños, con base y piso de concreto con balanza electrónica para una capacidad de dos mil quinientos kilogramos (2500 kgs.), con puerta de embarque y desembarque de hierro y brete de concreto. Ubicación referencial UTM: Este: 571927.52 Norte: 1095118.92; Un (1) galpón para engorde de cerdos construido de piso de concreto con separadores de rejas de hierro entre puestos, con instalaciones de agua y ventiladores distribuido en tres (3) zonas de engorde, bases para el techo de columnas de concreto y parales de hierro, techo de acerolit tipo mil tejas, con instalaciones de aguas blancas para bebederos, instalaciones eléctricas con luz, con desagüe de aguas servidas hacia lagunas de oxidación de desechos líquidos y solidos biodegradables. Este galpón mide aproximadamente treinta metros con treinta y cinco centímetros (30,35 mts.) de largo por siete metros con ochenta y tres centímetros (7,83 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de doscientos treinta y siete metros cuadrados con sesenta y cuatro centímetros (237,64 mts2), divididos por un pasillo de aproximadamente un metro con quince centímetros (1,15 mts.) de ancho con paredes de bloque de cemento de un metro con quince centímetros (1,15 mts.) de alto. Ubicación referencial UTM: Este: 571943,78 Norte: 1095109,77; Un (1) Corral de enfermería y/o cuarentena animal, construido de paredes de bloque de cemento, piso de concreto, techo de zinc, instalaciones de agua, luz eléctrica, y desagüe de aguas servidas, de aproximadamente tres metros con veintinueve centímetros (3,29 mts.) de largo por cuatro metros con sesenta y cinco centímetros (4,65 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de quince metros cuadrados con veintinueve centímetros (15.29 mts2). Ubicación referencial UTM: Este: 571947,95 Norte: 1095094,39; Un (1) galpón de engorde de cerdos construido con paredes de bloques de cemento frisado, piso de cemento, bases de hierro y concreto para el techo, instalaciones de agua, luz eléctrica, comederos tipo batea, tolva de concreto, techo de aluminio, desagüe de agua que conduce a la laguna de oxidación, puertas de hierro, el cual tiene una superficie aproximada de treinta metros con treinta y cinco centímetros (30,35 mts.) de largo por trece metros con sesenta y cinco centímetros (13,65 mts.) de ancho, para una superficie total de construcción de cuatrocientos catorce metros cuadrados con veintisiete centímetros (414,27 mts2) de construcción. Este galpón se encuentra dividido por un pasillo de aproximadamente un metro con quince centímetros (1,15 mts.) de ancho, con paredes de bloque de cemento de un metro con quince centímetros (1,15 mts.) de alto. Ubicación referencial UTM: Este: 571931,15 Norte: 1095077,36; El núcleo de engorde cuenta con una batería de cuatro (4) silos de alimento de descarga manual construido con paredes de hierro galvanizado, base de concreto, la cual tiene una capacidad unificada de setenta mil kilogramos (70.000 kgs.) de alimento, a razón de dos silos con capacidad para veinte mil kilogramos de alimento cada uno (20.000 kgs.) y dos silos de alimento con capacidad para quince mil kilogramos cada uno (15.000 kgs.). Además, se cuenta con una reserva de agua de cuatro (4) tanques plásticos aéreos con capacidad de dos mil quinientos (2,500 lts.) litros de agua cada uno, puestos sobre una platabanda de concreto armado. Ubicación referencial UTM: 1. Este: 571910,69 Norte: 1095097,72. 2. Este: 571916,73 Norte: 1095113,53; Un (1) galpón para depósito de heno y demás cultivos comestibles de piso de tierra, con techo de acerolit mil tejas, el cual tiene un área de construcción de aproximadamente veinticinco metros (25 mts.) de largo por ocho metros con diez centímetros (8,10 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de doscientos dos metros cuadrados con cincuenta centímetros (202,50 mts2). Dentro de este galpón se construyeron dos casas para personal obrero, de paredes de bloques de concreto frisado, piso de cemento, ventanas de hierro, techo de acerolit mil tejas, tres (3) ventanas punta de diamante, puertas de metal, luz eléctrica, conexiones de agua, un (1) baño. Esta unidad tiene una superficie de aproximadamente de dos metros con seis centímetros (2,06 mts.) de largo por dos metros con cuarenta centímetros (2,40 mts.) de ancho para una superficie de construcción total de cuatro metros cuadrados con noventa y cuatro centímetros (4,94 mts2). Y la segunda casa tiene aproximadamente siete metros (7 mts.) de ancho por ocho metros con cuarenta centímetros (8,40 mts.) de largo para una superficie total de construcción de cincuenta y ocho metros cuadrados con ochenta centímetros (58.8 mts2), construida con paredes de bloque de cemento, instalación de luz eléctrica, agua, techo de acerolit tipo mil tejas, baño, cocina-sala-comedor con mesón empotrada, dos (2) cuartos, ocho (8) ventanas tipo romanilla, dos (2) puertas de hierro. Ubicación referencial UTM: Este: 571906,89 Norte: 1095066,08; Un (1) galpón para depósito de alimentos para zona de maternidad y gestación de aproximadamente ocho metros con ochenta y tres centímetros (8,83 mts.) de largo por dos metros con sesenta y cuatro centímetros (2,64 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de veintitrés metros cuadrados con treinta y un centímetros (23,31 mts2) de paredes de concreto frisado, techo loza cero, portón de hierro reforzada con puerta de hierro lateral, instalaciones eléctricas, con tanque de agua aéreo de plástico con sus conexiones plásticas uno de capacidad de mil doscientos litros de agua (1.200 lts.) y otros dos (2) tanques de agua con capacidad de setecientos litros de agua (700 lts.) cada uno. Ubicación referencial UTM: Este: 571868,67 Norte: 1095080,93; Un (1) galpón de maternidad y destete cuya superficie es de cincuenta metros (50 mts.) de largo por dieciocho metros con cuarenta centímetros (18,40 mts.) de ancho para un área total de novecientos metros cuadrados (920 mts2) de construcción, con dieciséis (16) puestos de destete con capacidad cada puesto de setenta (70) lechones, tolvas para alimentación de sistema manual, bebederos de agua, luz eléctrica, pisos flotantes de plástico sobre un piso de concreto, media pared de bloques de cemento frisados, divisiones de remoción manual para alargar o reducir la capacidad de carga animal por cada puesto de cerdos destetados, puertas de entrada y salida de hierro, pasillo interno entre áreas de destete y maternidad piso de concreto y paredes de cemento frisado. Este galpón cuenta a su vez con noventa y seis (96) puestos de maternidad para igual cantidad de cerdas madres los cuales tienen una medida de dos metros (2 mts.) de largo por un metro con cincuenta centímetros (1,50 mts.) de ancho para una superficie total de tres metros cuadrados (3 mts2), cada uno con divisiones de hierro tipo jaula, piso plástico aéreo. Igualmente cuenta con nueve (9) ventiladores industriales conectada a luz trifásica para mejorar la temperatura interna de este galpón, techo de láminas de zinc. Ubicación referencial UTM: Este: 571893,20 Norte: 1095045,51; Un (1) galpón de gestación con unas medidas de sesenta y seis metros (66 mts.) de largo por catorce metros con diez centímetros (14,10 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de novecientos treinta metros cuadrados con sesenta centímetros (930,60 mts2), piso de concreto, con paredes de bloque frisado, trescientos cincuenta (350) puestos de gestación, con divisiones de hierro tipo jaula por puesto, bebederos de agua con chupón individual, batea de alimentación de concreto, instalación de luz eléctrica, techo de láminas de zinc. Ubicación referencial UTM: Este: 571893,20 Norte: 1095045,51; Una (1) zona de berracos contigua al área de gestación cuya medida es de diez metros con siete centímetros (10,07 mts.) de ancho por seis metros con noventa centímetros (6,90 mts.) de largo para una superficie total de construcción de sesenta y nueve metros cuadrados con cuarenta y ocho centímetros (69,48 mts2), con ocho (8) jaulas de hierro destinadas para berracos, con instalaciones para bebederos de agua, luz eléctrica, tres (3) puestos de paredes de bloques de cemento, puertas de hierro, techo de láminas de zinc, piso de cemento. Ubicación referencial UTM: Este: 571893,20 Norte: 1095045,51; Un (1) laboratorio para control de salud animal especialmente diseñado para inseminación artificial de cerdas cuya medida es de tres metros con veinte centímetros (3,20 mts.) de ancho por cuatro metros con treinta y un centímetros (4,31 mts.) de largo para un área total de construcción trece metros cuadrados con setenta y nueve centímetros (13,79 mts2) con paredes de bloque de concreto armado, instalaciones eléctricas, conexión de agua, techo de platabanda, puertas de hierro. Ubicación referencial UTM: Este: 571853,73 Norte: 1095065,81; La zona de maternidad y gestación cuenta con una batería de cuatro (4) silos de alimento de descarga tipo manual, construido de paredes de hierro galvanizado, con bases de concreto y hierro, los cuales tienen una capacidad en alimento de un silo con capacidad para diez mil kilogramos (10.000 kgs.) y los tres restantes de siete mil quinientos kilogramos (7.500 kgs.) cada uno para una capacidad total de esta batería de alimentación de treinta y dos mil quinientos kilogramos (32.500 kgs.). Ubicación referencial UTM: Este: 571851,01 Norte: 1095071,46; Dos (2) puestos para monta natural animal cuya medida es de seis metros con ochenta centímetros (6,80 mts.) de ancho por ocho metros con veintitrés centímetros (8,23 mts.) de largo para un área total de construcción de cincuenta y cinco metros cuadrados y noventa y seis centímetros (55,96 mts2), piso de cemento, separaciones de hierro, techo de láminas de zinc, instalación eléctrica, con instalaciones de agua (Ubicado en el galpón de gestación); Una (1) planta eléctrica de capacidad de 220 Kva de respaldo a la red interna de energía eléctrica, de transformador manual, conectada a un poste con tres (3) transformadores de 25Kva cada uno. Ubicación referencial UTM: Este: 571847.80 Norte: 1095077,59; Dos (2) tanques australianos de almacenamiento de agua construidos con hierro galvanizado, piso de concreto armado, con capacidad de veinte mil litros (20.000 lts.) y veinticinco mil litros (25.000 lts.) de agua cada uno, conectados ambos tanques a una bomba eléctrica de rebombeo y distribución de agua al resto de las instalaciones de la granja. Ubicación referencial UTM: 1. Este: 571886,17 Norte: 1095095,42. 2. Este: 571890,89 Norte: 1095090,91; Un (1) comedor con una medida de diez metros de (10,00 mts.) largo por seis metros (6,00 mts.) de ancho para un área total de construcción de sesenta metros cuadrados (60 mts2), paredes de bloque de cemento frisado, techo de acerolit tipo mil tejas, bases de hierro, cocina, fregadero, conexiones de agua, luz eléctrica, piso de cemento, ventanas de hierro. Ubicación referencial UTM: Este: 571873,40 Norte: 1095097,08; Un (1) tanque de agua superficial con una medida de tres metros con veintisiete centímetros (3,27 mts.) de largo por dos metros con cuarenta centímetros (2,40 mts.) de ancho, para un área total de construcción de siete metros cuadrados con ochenta y cuatro centímetros (7,84 mts2) piso de concreto armado, pared de bloques de cemento frisado con una altura de un metro con treinta y cuatro centímetros (1,34 mts.), con capacidad de almacenamiento de agua de diez mil quinientos cinco litros (10.505 lts); Una (1) zona administrativa con una medida de veintitrés metros con treinta centímetros (23,30 mts.) de largo por siete metros con veintiséis centímetros (7,23 mts.) de ancho, para un área total de construcción de ciento sesenta y ocho metros cuadrados con cuarenta y cinco centímetros (168,45 mts2.), destinado para oficina, paredes de cemento fabricados con diseños ornamentales, piso de concreto con cerámica y caico, techo de acerolit, puertas de hierro, ventanas con protectores de hierro, baterías de baño para personal y visitantes, tres (3) salas de cuarto de usos múltiples, una (1) oficina, cuatro (4) baños. Ubicación referencial UTM: Este: 571863.96 Norte: 1095123.46; Un (1) caney con parrillera con una medida de siete metros con treinta centímetros (7,30 mts.) de largo por cuatro metros con treinta centímetros (4,30 mts.) de ancho para un área total de construcción de treinta y un metros cuadrados con treinta y nueve centímetros (31,39 mts2), columnas de hierro frisadas con cemento, piso de cemento pulido, un (1) mesón de cemento con depósito, destinado para área social. Ubicación referencial UTM: Este: 571890.51 Norte: 1095116.13; Una (1) casa de platabanda con unas medidas de nueve metros con treinta y cinco centímetros (9,35 mts.) de largo por seis metros con treinta y ocho centímetros (6,38 mts.) de ancho para una superficie total de construcción de cincuenta y nueve metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros (59,65 mts2) construida con paredes de bloque de cemento frisado, ventanas, puertas de hierro con un depósito en planta baja, escalera de hierro que da acceso a una habitación en el primer piso, piso de cemento, instalaciones de agua y luz eléctrica, techo de láminas de aluminio tipo losa cero. Ubicación referencial UTM: Este: 571899.61 Norte: 1095127.24; Una (1) casa de encargado construida con paredes de bloque de cemento frisado, con ornamentos decorativos en la parte exterior, piso de cemento pulido, tanque aéreo de 500 litros de agua, conexiones luz eléctrica, ventanas de hierro con protectores, puerta principal y de salida de hierro, lavadero, fregadero, sala-cocina-comedor, tres (3) cuartos para habitación, dos (2) baños, estacionamiento techado. Ubicación referencial UTM: Este: 571891.10 Norte: 1095158.88; Un (1) tanque para depósito de combustible de uso agrícola de acero inoxidable con capacidad de dos mil litros (2000 lts.); Un (1) tanque de agua construido de paredes de bloque de cemento frisado, piso de cemento pulido, con unas medidas de dos metros con veinte centímetros (2,20 mts.) de ancho-largo y por un metro cincuenta (1.50 mts.) de alto para una capacidad de setecientos veinte litros de agua (720 lts.), la zona de la granja porcina y los corrales de ganado, así como las distintas unidades de producción cuentan con un perímetro de resguardo con una pared de bloque de cemento frisado, cuyo perímetro es de novecientos noventa y nueve con veintinueve centímetros lineales de pared (999,29 mts.), con dos entradas y salidas de portones de hierro rodante; Una (1) laguna artificial para recaudar agua de lluvia que es usada para riego de los pastos y bebederos para el ganado; Cuatro (4) lagunas de oxidación que se utilizan para tratar aguas residuales lo cual produce la eliminación de patógenos y la degradación de la materia orgánica de forma natural y en cuya etapa No 4 esa agua se reinvierte nuevamente en el proceso de riego de pastos cumpliendo así el ciclo del agua con lo cual se alcanza un manejo sustentable de los recursos naturales; Una vivienda unifamiliar construida con paredes de bloque frisado, piso de cemento pulido, techo de aluminio, instalaciones de luz eléctrica y agua, distribuido así: tres (03) cuartos, una sala-comedor, un baño, cocina empotrada, corredor techado, lavadero, estacionamiento techado. Ubicación referencial UTM: Este: 572350.21 Norte: 1094826.05; Un pozo de agua profundo de noventa y seis (96 mts.) metros de profundidad con una capacidad de dos pulgadas de agua por segundo. Ubicación referencial UTM: Este: 571838.84 Norte: 1095092.33. Asimismo, se observó la existencia la producción con una siembra de distintos árboles frutales tale como mango, guanábana, pesgua, guayaba, plátanos, cambur a pequeña escala y una siembra de pasto de (22 Has) para siembra de pasto de corte tipo bermuda, cuba 22, humícola, para el consumo animal; así como pacas de heno para caballos.
En relación a los testigos, se observa que los mismos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en contradicciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio que se desprende sobre la existencia de las referidas bienhechurías en el lote de terreno a que se refiere al Titulo de Adjudicación Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario, otorgado a favor del ciudadano Maurizio Scioscia Locantore, de igual modo, todas las documentales aportadas por la parte solicitante, merecen plena fe para este Juzgador en cuanto a su contenido.
en el lote de terreno a que se refiere al Titulo de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario, Nº 910150925RAT0012659, otorgado en reunión ORD 1613-25 de fecha 07 de mayo de 2025, otorgado a favor de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital, en fecha 09 de mayo de 2022, quedando inscrita en el Registro de Comercio bajo el N° 7, Tomo 325-A, número de expediente 223-44144, inscrita bajo el Registro de Información Fiscal bajo el N° J502224475.
Ahora bien, analizado como ha sido el caso en cuestión con las probanzas evacuadas y valoradas, este Tribunal las considera suficientes para declarar el derecho de propiedad que se acredita a los solicitantes sobre las referidas bienhechurías, y así se dictaminará en el decreto de esta decisión.
-IV-
Decisión
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por la Sociedad Mercantil Agropecuaria Mis Chiquitas C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital, en fecha 09 de mayo de 2022, quedando inscrita en el Registro de Comercio bajo el N° 7, Tomo 325-A, número de expediente 223-44144, inscrita bajo el Registro de Información Fiscal bajo el N° J502224475; representada en la persona del Ciudadano: Maurizio Scioscia Locantore, titular de la Cédula de Identidad V- 11.737.449, en su condición de Director de dicha Sociedad Mercantil, debidamente asistido por el Abogado José Manuel Iliesca Medero, titular de la Cédula de Identidad V- 17.844.667 de inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 149.974, y estudiado el caso sometido a conocimiento de este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría. Asimismo, se acuerda la emisión de (01) juego de copias certificadas de la presente solicitud, la cual fue peticionada por el solicitante en fecha 19 de septiembre de 2025, al momento de la práctica de la inspección judicial efectuada en uso del principio de inmediación conforme lo dispone el artículo 155 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Se comisionó para la obtención de las copias a la ciudadana Asistente de este Juzgado María Fernanda Velázquez V., titular de la cédula de identidad Nº V-28.248.798, quien junto con el Secretario Suplente firmará la certificación y cada uno de sus folios, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los Seis (06) días del mes de Octubre del año dos mil veinticinco (2025). Años: 215º y 166º.
El Juez Provisorio,
Abg. Carlos Antonio Ortiz Pereira
El Secretario Suplente,
Abg. Antony J. García F.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las Ocho y Cuarenta Nueve (08:49 a.am) minutos de la mañana, quedando anotada bajo el Nº 075-2025.
El Secretario Suplente,
Abg. Antony J. García F.
Sol. Nº. 0546
CAOP/AJGF/Maria F
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