REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
-I-
De Las Partes
Solicitante: Ali Teodardo Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.851.211, domiciliado en la ciudad de Tinaquillo, Municipio Tinaquillo estado Cojedes.
Abogado Asistente: Rosa Elena Romero Coronel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.834.146, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 40.028.
Motivo: Titulo Supletorio.
Decisión: Interlocutoria Simple-Asumiendo Competencia.
Solicitud: Nº 0523.
-II-
Breve Reseña del Caso
Se le dio entrada a las presentes actuaciones en este Tribunal por auto dictado en fecha 03 de febrero de 2025, en virtud de la declinatoria de competencia dictada en fecha 20 de enero de 2025 por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, siendo la oportunidad para que este Juzgador se pronuncie sobre su competencia, se procede seguidamente a realizarlo y al efecto se formulan las siguientes consideraciones:
Contiene el escrito de Solicitud de Titulo Supletorio presentada por el Ciudadano Ali Teodardo Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.851.211, domiciliado en la ciudad de Tinaquillo, Municipio Tinaquillo estado Cojedes, debidamente asistido por la abogada Rosa Elena Romero Coronel, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 40.028, entre otros alegatos los siguientes argumentos:
…Omisis…Mi representado en este acto es propietario y poseedor legítimo de unas bienhechurías ubicadas en el sector denominado Los Apamates o Pegones, Asentamiento Campesino Apamates o Pegones, Parroquia Tinaquillo, Municipio Tinaquillo del estado Cojedes y alinderadas de la siguiente manera: NORTE: con troncal 005; SUR: con avenida 005; ESTE: con terreno ocupado por la ciudadan : Gladys Anido y OESTE: con terreno ocupado por el ciudadano Anibal Sanchez, la mencionada y pre alinderada parcela de terreno denominada “Santa Isabel”, presenta una superficie de terreno de SIETE MIL CINETO SETENTA Y UNO METROS CUADRADOS (7.171 mts2), tal como se desprende del Certificado de Empadronamiento N° 09/02/01 /Urbano/18/ 21/ 003/000000000, emitida por ante la Dirección de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Autónomo Tinaquillo estado Cojedes, en fecha: (02/12/2024) y del Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario número: 2021153021, el cual fue aprobado por el Directorio del Instituto, mediante Sesión de Directorio numero: ORD 1546-24, de fecha: (27/06/2024) y queso asentado en los libros que reposan en la Unidad de Memoria Documental, bajo el número 5, Folio: 11 y 12, Tomo: 5804, de fecha: Dos de Julio del Dos Mil Veinticuatro (02/07/2024), documento estos de exhibo en este acto en original marcado con la Letra “B” constante de 02 folios útiles…Omisis…
Ahora bien, mediante fallo dictado en fecha 20 de enero de 2025 por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, el Tribunal declinante dejó establecido lo siguiente:
…Omisis… De tales afirmaciones y verificados los anexos presentados, se desprende que el inmueble que describe el solicitante está comprendido dentro de aquellos en los cuales se ejecutan actividades agroalimentarias, sobre las que existe en nuestra legislación el foro atrayente hacia la jurisdicción agraria; a tal efecto la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia No. 65, del 16 de Julio del 2009 en Exp. N° AA-10-L-2007-000127 estableció su criterio en cuanto a la competencia de los Juzgados de Primera Instancia Agrario …Omisis…
…Omisis…Como puede apreciarse; el ciudadano Ali Teodardo Sandoval, ha solicitado la expedición de un título supletorio de propiedad sobre un inmueble conformado por varias bienhechurías entre las que se cuentan GALPONES PARA CRIA DE GALLINAS, por lo que tratándose de inmuebles relacionados con la actividad de producción agro alimentaria; y siendo el objeto de la pretensión; la acreditación de la posesión y propiedad sobre el referido inmueble, por aplicación de la jurisprudencia ante señaladas el presente asunto es competencia del Tribunal de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial, siendo procedente la declaratoria de incompetencia de este Tribunal y la consecuente declaratoria en el identificado Tribunal. Así establece…Omisis…
Este Juzgador coincide con los argumentos de la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2025 por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en el sentido de que en autos se desprende la solicitud de Titulo Supletorio, peticionado por el ciudadano Ali Teodardo Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.851.211, debidamente asistido por la abogada Rosa Elena Romero Coronel, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 40.028, está íntimamente ligada a la materia agraria, toda vez que la documentación pública administrativa de Titulo de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario, emanada del Instituto Nacional de Tierras (INTI) y Certificado de Empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía de Tinaquillo del estado Cojedes, señala que el lote de terreno en la cual se encuentran enclavadas las bienhechurías, sobre las que se pretende evacuar Titulo Supletorio, es de uso Agrícola, por lo que los hechos sobre los cuales se pretende dejar constancia se encuentran de modo preexistente, al encontrarse involucradas unas bienhechurías, que son usadas y/o dirigidas para el desarrollo agroproductivo, salvo prueba en contrario, aunado al hecho de estar radicadas en un Sector Agrícola-Residencial, por lo que indudablemente, se encuentran bienes y actividades de naturaleza Agraria. Así establece.
En este sentido, tal como lo aseveró el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, al encontrarse involucradas unas bienhechurías, que son usadas y/o dirigidas para el desarrollo agroproductivo, con ocasión al desarrollo de actividades agrarias entre particulares, de los cuales se pueden deducir que necesariamente la presente acción debe ser conocida por este juzgado que es el competente por la materia por en conformidad con el artículo 197 de la Ley De Tierras y Desarrollo Agrario. Así se Decide.
-III-
Decisión
Por la razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Asume la competencia para conocer de la Solicitud de Titulo Supletorio, peticionada por el ciudadano Ali Teodardo Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.851.211, debidamente asistido por la abogada Rosa Elena Romero Coronel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.834.146 inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 40.028, de conformidad con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia certificada de la presente Decisión de conformidad con lo establecido en el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los Siete (07) días del mes de febrero de año dos mil veinticinco (2025) Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. Carlos Antonio Ortiz Pereira
El Secretario
Abg. Edward M. Osto R.
En la misma fecha se dictó y publico la anterior decisión siendo las 02:50 de la tarde, quedando anotada bajo el N° 004-2025.
El Secretario
Abg. Edward M. Osto R.
Sol. N°0523
CAOP/EMOR/Maria F.
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