PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

Puerto Ordaz, 15 DE ENERO DE 2024
Años: 213º Y 164º

Vistas las actuaciones promovidas por los ciudadanos MARYURY ELIZABETH URBAEZ VAHLIS Y HENRY ARTURY KELLY QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.920.805 y V-11.511.948, respectivamente, mediante la cual solicita sea declarada suficiente para demostrar el derecho de posesión que le corresponde a unas bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno ubicada en la Parroquia Universidad, Unidad de Desarrollo UD 246, Urbanización Villa Aurora, Avenida Norte Sur 1, Sector Salto Para, Ud 246, calle 2, Manzana 009, Parcela Nº 20 y le corresponde el código catastral: 07-01-01-07-246-306-09-24-00, de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, con una superficie aproximada de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 mts2) y se encuentra ubicado dentro de los siguientes linderos NORTE: con la calle 2 Esperanza, SUR: con la parcela Nº 246-009-037; ESTE: con la parcela Nº 246-009-021 y OESTE: con la parcela Nº 246-009-019. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE a favor de los ciudadanos MARYURY ELIZABETH URBAEZ VAHLIS Y HENRY ARTURY KELLY QUIJADA, antes identificados, y sin perjuicio de terceros que puedan tener igual o menor derecho sobre las referidas bienhechurías. Devuélvanse las presentes actuaciones originales con sus resultas y acuérdese copias certificadas en caso de requerirlo las partes conforme a los artículos 111 y 112 del C.P.C.

LA JUEZA

MAYRA URBANEJA ZABALETA

EL SECRETARIO

JOSE ALEJANDRO SARACHE GOITIA

Constantes de __________ ( ) folios útiles se devuelven las originales y sus resultas. Asimismo, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se deja copia certificada del presente decreto, siendo las 11:24 a.m.

EL SECRETARIO

JOSE ALEJANDRO SARACHE GOITIA


MUZ/ JS/ Elimar
TITULO SUPLETORIO NRO. 18.221-23