REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés (23) de octubre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-002897
SOLICITANTE: FREDDY RAFAEL MERLO ÁLVAREZ, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 24.550.396.
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: LISBETH L. SUÁREZ A., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 223.069.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por el ciudadano: FREDDY RAFAEL MERLO ÁLVAREZ, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 24.550.396, asistido por la Abogada en Ejercicio: Lisbeth L. Suárez A., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 223.069, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Calle 1 del Barrio Santa Isabel, cruce de la Carrera 1 del Barrio Andrés Eloy Blanco, con una superficie de DOSCIENTOS QUINCE CON OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS (215,80 mt2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En línea de quince con ochenta metros (15,80 m) con la Carrera 1 del Barrio Andrés Eloy Blanco; SUR: En línea de diecisiete con veinte metros (17,20 m) con casa y terreno que ocupa la Familia Evies; ESTE: En línea de catorce con ochenta y siete (14,87 m) con bienhechurías del ciudadano: Ramón Antonio Hernández Olivarez y OESTE: En línea de doce con setenta metros (12,70 m) con la Calle 1 del Barrio Santa Isabel, que es su frente. Siendo así, este Tribunal observa:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: Zoraida del Carmen Álvarez de Aguilar y Miriam Josefina Torrealba Palencia, quienes son venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.422.286 y 11.785.554 respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: FREDDY RAFAEL MERLO ÁLVAREZ, ya antes identificado.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023). Años: 213° de Independencia y 164° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 11:16a.m.
El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.