REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
-I-
De las partes
Demandante:Cesar Enrique Ortega Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.043.186, domiciliado en el Municipio Tinaquillo estado Cojedes en la Carretera los pegones vía la Guamita casa S/N, Sector la Esperanza, Asentamiento Campesino Pegones II, Número de teléfono:0142-8888684, correo electrónico:ortegacesar1950@gmail.com.
Abogado Asistente: Danny Antonio Illuzzi Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.613.407, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 134.395, con domicilio en el Municipio Tinaquillo estado Cojedes, Avenida Madariaga entre Independencia y Figueredo, Casa Nº 3-48, Número de Telefono:0412-4120149, correo electrónico: dannilluzzi14@gmail.com.
Demandada:Yolanda Esther Moreno de Ortega, venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.098.586, con domicilio en la carretera Pegones, vía la Guamita, Finca SANTA CLARA, casa S/N, Sector la Esperanza, Asentamiento Campesino Pegones II, Tinaquillo estado Cojedes, teléfono: 0412-1406428, correo electrónico: yolanda8083@gmail.com.
Motivo:Partición.
Decisión: Interlocutoria Simple-Asumiendo Competencia.
Expediente: Nº 0849
-II-
Breve Reseña del Caso
Se le dio entrada a las presentes actuaciones en este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha, es decir13 de noviembre de 2023, en virtud de la declinatoria de competencia dictada en fecha 31 de octubre de 2023, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, siendo la oportunidad para que este Juzgador se pronuncie sobre su competencia, se procede seguidamente a realizarlo y al efecto se formulan las siguientes consideraciones:
Contiene el escrito deParticiónpresentado por el Ciudadano Cesar Enrique Ortega Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.043.186, asistido por el AbogadoDanny Antonio Illuzzi Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.613.407, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 134.395,en contra la CiudadanaYolanda Esther Moreno de Ortega, venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.098.586, entre otros alegatos, los siguientes argumentos:
…Omissis…DEMANDA DE PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, por cuanto se declaró con lugar el DIVORCIO POR DESAFECTO, por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha 17 de marzo de 2023 y disuelto el vínculo matrimonial entre los CiudadanosYolanda Esther Moreno de Ortega, venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.098.586 y Cesar Enrique Ortega Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.043.186, de conformidad con los artículos 186, 173, 183, 148 del Código Civil…Omissis.
De la Partición, se aprecia lo siguiente:
…“Omissis... que durante la unión matrimonial que tuvimos durante más de 40 años. Obtuvimos como gananciales conyugales determinados por la ley como bienes muebles (semovientes), e inmuebles producto de nuestro esfuerzo, lo cual nos pertenecen comúnmente hasta la presente fecha... (Sic)... 2) un bien inmueble constituido el mismo sobre un lote de terreno distinguido con la letra “B”, la cual tiene una superficie de terreno de veintidós hectáreas con nueve mil ochocientos cuarenta y nueve metros cuadrados con cincuenta centímetros (22 has. Con 9849,50Mtrs2) ubicada en Tinaquillo, distrito Falcón (hoy municipio Tinaquillo) del estado Cojedes en la carretera los pegones vía la Gamita casa S/N, Sector la esperanza asentamiento campesino pegones II...lo cual se encuentra protocolizado por ante la oficina de Registro Público Inmobiliario del Municipio Tinaquillo, hoy Registro Público, bajo el Nro.: 14, Folios: 58 Vto. Al 59 vto.; protocolo: primero; Tomo. Único; de fecha veintiocho (28) de Septiembre del año 1987, bien inmueble que forma inexorablemente forma parte de la comunidad de gananciales, correspondiéndole el cincuenta por ciento (50%) a cada uno, lo cual acompaño con junto al escrito libelar copia fotostática simple del presente documento Marcado con la letra “E” ... (Sic)... 3) un bien inmueble constituido el mismo en ‘una bienhechurías casa de habitación familiar y diversas estructuras construidas... sobre una parcela de terreno identificada “A” ubicada en la carretera Pegones, vía la Gamita. Finca santa Clara, casa S/N, sector la Esperanza asentamiento campesino Pegones II, Tinaquillo Edo, Cojedes, sobre una extensión de terreno la cual tiene una extensión de terreno la cual tiene una superficie de veintidós hectáreas con nueve: mil ochocientos cuarenta y nueve metros cuadrados con cincuenta centímetros (22. Has con 9849,50 Mirs2), inmueble debidamente protocolizado según consta de documento Nro.4 Folios 10 al 15-. vto.; protocolo PRIMERO; Tomo: UNICO; de fecha: 18 de julio del año 1985, bien inmueble que forma inexorablemente forma parte dela comunidad de gananciales, correspondiéndole el cincuenta por ciento (50%) a cada uno, lo cual acompaño con junto al escrito libelar copia fotostática simple del presente documento Marcado con la letra “F”…” (Cursivas propias del tribunal)
Ahora bien, mediante fallo dictado en fecha 31 de Noviembre de 2023, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, por la especialidad de la materia, de la acción propuesta declinó la misma a este Juzgado, bajo el argumento de que la presente demanda es de naturaleza Agraria y acordó que el Juez competente para sustanciar la presente demanda es este Tribunal.
Este juzgador coincide con los argumentos de la sentencia dictada en fecha 31 de Noviembre de 2023, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con la salvedad y aclaratoria, que el juicio de Partición, es de naturaleza civil, sin embargo al tratarse de una serie de bienes muebles (semovientes), e inmueblesy al verse involucrados unos lotes de terrenos con vocación agraria y en el que se desarrollan actividades de naturaleza agraria por particulares, en los que se pudieran verse afectadas dichas actividades, es por ello, que de autos se desprende que efectivamente en el presente caso, el Juicio por Partición presentado por el Ciudadano Cesar Enrique Ortega Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.043.186, asistido por el Abogado Danny Antonio Illuzzi Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.613.407, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 134.395, en contra la CiudadanaYolanda Esther Moreno de Ortega, venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.098.586, está íntimamente ligada a la materia agraria, por lo que se pudieran ver afectados bienes y actividades de naturaleza agraria. Así se establece.
En este sentido, tal como lo aseveró el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, al verse involucrados una serie de bienes muebles (semovientes), e inmueblesy al verse involucrados unos lotes de terrenos con vocación agraria y en el que se desarrollan actividades de naturaleza agraria por particulares, de los cuales se pueden deducir que necesariamente la presente acción debe ser conocida por este Juzgado que es el competente por la materia en conformidad con el artículo 197 numeral 15 de la ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide
-III-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Asume la Competencia para conocer de la Partición presentada por el Ciudadano Cesar Enrique Ortega Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.043.186, asistido por el Abogado Danny Antonio Illuzzi Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.613.407, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 134.395, en contra la CiudadanaYolanda Esther Moreno de Ortega, venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.098.586, de conformidad con el artículo 197 numeral 15 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los catorce (14) días del mes de Noviembre del año dos mil Veintitrés (2023). Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. CARLOS ANTONIO ORTIZ PEREIRA
La Secretaria,
Abg. MIRTHA C. CHIRIVELLA J.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 02:00 de la tarde, quedando anotada bajo el Nº 083-2023.
La Secretaria,
Abg. MIRTHA C. CHIRIVELLA J.
Exp. Nº 0849
CAOP/MCCHJ
|