REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ASUNTO: CT4955-22
SOLICITANTES: Yessica Norelys Infante Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.144.316, y Antonio Joaquin González Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.137.185.
MOTIVO: HOMOLOGACION (OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Por recibida la solicitud y los recaudos anexo, por motivo de Homologación de Obligación de Manutención, presentada en fecha 19 de Septiembre del 2022, presentada por Evelyn Betancourt, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.994.328, quien actúa en su carácter de Defensora Municipal del Niño, Niña y Adolecente, del Municipio Tinaquillo del estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño: Jeremias Isaac González Infante, de dos (02) años de edad, nacido en fecha 12/10/2019, representada por sus padres Yessica Norelys Infante Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.144.316, y Antonio Joaquin González Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.137.185. Por cuanto las partes firmaron acta conciliatoria sobre la Obligación de Manutención, antes la Unidad del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, el cual quedo establecido de la siguiente manera:
El ciudadano: Antonio Joaquin González Colmenares, acuerda cumplir con la alimentación del niño de la siguiente manera: “De 30$ mensuales a razón de 15$ Quincenales o al cambio de la moneda los cuales el padre entregará a la madre o realizara una transferencia. Ambos padres se comprometen a compartir los gastos de medicinas, consultas medicas, exámenes médicos. A mediados del mes de Abril en fecha 20al 22 se estará cumpliendo con la mitad del gasto. Esta Obligación se comenzara a cumplir a partir del 30/03/2021”.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos: Yessica Norelys Infante Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.144.316, y Antonio Joaquin González Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.137.185, actuando en representación de su hijo Jeremias Isaac González Infante, de dos (02) años de edad, nacido en fecha 12/10/2019, pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Tribunal.
Publíquese, Regístrese. Y déjese copia certificada por secretaria
Dado firmado y sellado en la sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los 07 días del mes de Octubre del año dos mil veintidós (2022). Años: 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
Luisangela Osuna De Pool
Jueza Provisoria
Greizzy C. Reyes
La Secretaria
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión en la página web del tsj.gob.ve/tsj_regiones y en la página cojedes.scc.org.ve, siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.).
La Secretaria
Greizzy C. Reyes
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