REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ASUNTO: CT-5004-22
SOLICITANTES: Desiree del Valle González Veli, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-25.591.267, y Alvaro Luis Marín Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-21.138.421.
MOTIVO: HOMOLOGACION (OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Por recibida la solicitud y los recaudos anexo, por motivo de Homologación de Obligación de Manutención, presentada en fecha 01 de noviembre del 2022, presentada por presentada por Evelyn Betancourt, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.994.328, quien actúa en su carácter de Defensora Municipal del Niño, Niña y Adolescente, del Municipio Tinaquillo del estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño: Liam Abdiel Marín González, de un (01) año de edad, nacido 03/06/2021, representada por sus padres, Desiree del Valle González Veli, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-25.591.267, y Alvaro Luis Marín Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-21.138.421. Por cuanto las partes firmaron acta conciliatoria sobre la Obligación de Manutención, antes la Unidad del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, el cual quedo establecido de la siguiente manera:
El ciudadano: Alvaro Luis Marín Pérez, acuerda cumplir con la alimentación del niño de la siguiente manera: “El padre le aportará al niño semanal pañales, leche, azúcar, cereal, proteínas y para la merienda del colegio (variado) ambos padres se comprometen a compartir los gastos de ropa, calzados, medicinas, exámenes médicos, útiles escolares, uniformes escolares. Esta obligación se comenzara a cumplir a partir del viernes 20/10/2022”.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos: Desiree del Valle González Veli, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-25.591.267, y Alvaro Luis Marín Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-21.138.421, actuando en representación de su Liam Abdiel Marín González, de un (01) año de edad, nacido 03/06/2021, pasándolo en autoridad de COSA Juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del tribunal.
Publíquese, Regístrese. Y déjese copia certificada por secretaria
Dado firmado y sellado en la sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los 07 días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022). Años: 212º de la Independencia y 163º de la Federación.


Luisangela Osuna De Pool
Jueza Provisoria

Greizzy C. Reyes
La Secretaria



En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión en la página web del tsj.gob.ve/tsj_regiones y en la página cojedes.scc.org.ve, siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m.).

Greizzy C. Reyes
La Secretaria