REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ASUNTO: CT-4992-22
SOLICITANTES: Rosmary Andreina Parra Calderón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-24.015.236, Alexander Domingo Acevedo Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-25.317.481.
MOTIVO: HOMOLOGACION (OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Por recibida la solicitud y los recaudos anexo, por motivo de Homologación de Obligación de Manutención, presentada en fecha 19 de octubre del 2022, presentada por presentada por Evelyn Betancourt, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.994.328, quien actúa en su carácter de Defensora Municipal del Niño, Niña y Adolecente, del Municipio Tinaquillo del estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses de la niña: Alexandra Isabella Acevedo Parra, de cinco (05) años de edad, nacida en fecha 03/07/2017, representada por sus padres: Rosmary Andreina Parra Calderón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-24.015.236, Alexander Domingo Acevedo Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-25.317.481. Por cuanto las partes firmaron acta conciliatoria sobre la Obligación de Manutención, antes la Unidad del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, el cual quedo establecido de la siguiente manera:
El ciudadano: Alexander Domingo Acevedo Rodríguez, acuerda cumplir con la alimentación del niño de la siguiente manera: “El padre aportara la cantidad de de 15$ semanales el cual realizara un pago móvil a la Madre o en efectivo todos los sábados de cada semana, ambos padres compartirán el gasto de uniformes escolares, útiles escolares, medicinas, consultas medicas, exámenes médicos y navidad y año nuevo la compra de la ropa y calzado los gastos de la gimnasia compartido. Esta obligación se comenzara a cumplir a partir del sábado 23/09/2022”.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos: Rosmary Andreina Parra Calderón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-24.015.236, Alexander Domingo Acevedo Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-25.317.481, actuando en representación de su hija, Alexandra Isabella Acevedo Parra, de cinco (05) años de edad, nacida en fecha 03/07/2017, pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Tribunal
Publíquese, Regístrese. Y déjese copia certificada por secretaria
Dado firmado y sellado en la sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022). Años: 212º de la Independencia y 163º de la Federación.




Luisangela Osuna De Pool
Jueza Provisoria
Greizzy C. Reyes
La Secretaria




En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión en la página web del tsj.gob.ve/tsj_regiones y en la página cojedes.scc.org.ve, siendo las dos y diez horas de la tarde (02:10 p.m.).


Greizzy C. Reyes
La Secretaria