REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA






EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
-I-
De Las Partes
Solicitante: WENGUANG WU, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.800.841, domiciliado en la Avenida Bolívar, entre calle Federación y calle Virgen del Valle, edificio Fucheong, Piso 2, Apartamento Nº 08, San Carlos estado Cojedes.
Apoderado Judicial: JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, domiciliado en la Avenida José Laurencio Silva, Sector Banco Obrero, Residencia San Carlos, Edificio Olga, Piso 01, Apartamento Nº 05, en la Ciudad de San Carlos del estado Cojedes.
Motivo: Titulo Supletorio.
Decisión: Sentencia Interlocutoria.
Solicitud: Nº 0715.
-II-
Síntesis
Por auto de fecha 18 de Marzo de 2022, se le dio entrada en este Tribunal a la presente solicitud bajo el Nº 0715, el cual riela al folio 15.
Mediante diligencia de fecha 18 de Marzo de 2022, presentado por el Ciudadano WENGUANG WU, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.800.841, otorgó Poder Apud Acta al Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, el cual riela al folio 16.
Por auto de fecha 18 de Marzo de 2022, este Tribunal acuerda conceder a la parte solicitante un lapso de Tres (03) días para que proceda a subsanar y efectuar las correcciones señaladas en el presente autos, el cual riela del folio 17 y 18.
Mediante escrito de fecha 21 de Marzo de 2022, presentado por el Ciudadano WENGUANG WU, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.800.841, representado por su Apoderado Judicial Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, subsano la presente solicitud, el cual riela del folio 19 al 21.
Por auto de fecha 23 de Marzo de 2022, se Admitió la presente solicitud, se fijó oportunidad para la evacuación de los testigos, se acordó oficiar a la Oficina Regional de Tierras del estado Cojedes (ORT-Cojedes), a los fines de que se sirvan de informar sobre el status correspondiente al Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario, emitido por el INTI; así mismo, se acordó el traslado y constitución del Tribunal para realizar una Inspección Judicial el día Viernes 01 de Abril de 2022, a partir de las 10:00 de la mañana, en un lote de terreno denominado “FINCA LOMAS DE SAN MARCOS”, ubicado en el Sector Cascabel, Parroquia San Carlos de Austria, Municipio San Carlos del estado Cojedes, en el mismo se acuerda oficiar lo conducente al Director Administrativo Regional de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Región Cojedes, para que se sirva proveer un vehículo para el traslado y al Director del Ministerio del Poder Popular Para el Ecosocialismo del estado Cojedes, a los fines de que se sirva designar un Técnico provisto de GPS para que asesore al Tribunal en la Inspección Judicial, el cual riela a los folios 22 al 25.
Mediante diligencia de fecha 29 de Marzo de 2022, el Ciudadano JESÚS LEÓN, Alguacil del Tribunal, consignó acuse de recibo de oficios dirigidos al Coordinador General de la Oficina Regional de Tierras del estado Cojedes (ORT-Cojedes), al Director Administrativo Regional de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Región Cojedes y al Director del Ministerio del Poder Popular Para el Ecosocialismo del estado Cojedes, el cual riela a los folios 26 al 29.
Por auto de fecha 01 de Abril de 2022, se declara desierto la evacuación del Testigo, Ciudadano HUGO RAMON BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.750, el cual riela al folio 30.
Por auto de fecha 01 de Abril de 2022, se declara desierto la evacuación del Testigo, Ciudadano RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, el cual riela al folio 31.
Mediante diligencia de fecha 01 de Abril de 2022, presentada por el Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte solicitante, solicitando se fije una nueva oportunidad para la evacuación de los testigos promovidos, el cual riela al folio 32.
A los folio 33 al 35 de la presente solicitud, cursa Acta de Inspección Judicial, practicada en fecha 01 de Abril de 2022, en un lote de terreno denominado “FINCA LOMAS DE SAN MARCOS”, ubicado en el Sector Cascabel, Parroquia San Carlos de Austria, Municipio San Carlos del estado Cojedes.
Por auto de fecha 04 de Abril de 2022, se acuerda oír las testimoniales de los Ciudadanos HUGO RAMON BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.750 y RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, para el día Doce (12) de Abril de 2022, a las 09:00 y 09:30 de la mañana respectivamente, el cual riela al folio 36.
En fecha 12 de Abril de 2022, el Ciudadano HUGO RAMON BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.750, rindió su declaración, el cual riela al 37.
Por auto de fecha 12 de Abril de 2022, se declara desierto la evacuación del Testigo, Ciudadano RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, el cual riela al folio 38.
Mediante diligencia de fecha 12 de Abril de 2022, presentada por el Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte solicitante, solicita se fije una nueva oportunidad para la evacuación del testigo RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, el cual riela al folio 39.
Por auto de fecha 12 de Abril de 2022, se acuerda oír la testimonial del ciudadano RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, para el día Trece (13) de Abril de 2022, a las 10:00 de la mañana, el cual riela al folio 40.
Por auto de fecha 13 de Abril de 2022, se declara desierto la evacuación del Testigo, Ciudadano RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, el cual riela al folio 41.
Mediante diligencia de fecha 21 de Abril de 2022, presentada por el Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte solicitante, solicito el reemplazo del testigo RAMON ANTONIO BENITEZ TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.270.779, por el siguiente testigo, Ciudadano WILFREDO RAMON VASQUEZ CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.158.469 y que se fije una nueva oportunidad para la evacuación del nuevo testigo promovido, el cual riela del folio 42.
Por auto de fecha 22 de Abril de 2022, se acuerda oír la testimonial del Ciudadano WILFREDO RAMON VASQUEZ CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.158.469, para el día Veintiocho (28) de Abril de 2022, a las 09:00 de la mañana, el cual riela al folio 44.
En fecha 28 de Abril de 2022, el Ciudadano WILFREDO RAMON VASQUEZ CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.158.469, rindió su declaración, el cual riela al 45.
En fecha 28 de Abril de 2022, el Ciudadano LUIS FELIPE COLINA DUQUE, en su carácter de práctico fotógrafo consignó informe fotográfico, de la Inspección Judicial, realizada en fecha 01 de abril de 2022, el cual riela a los folio 46 al 58.
En fecha 09 de Junio de 2022, se recibió oficio, proveniente de la Oficina Regional de Tierras del estado Cojedes, el cual riela al folio 59.

-III-
Motivación
El Ciudadano WENGUANG WU, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.800.841, domiciliado en la Avenida Bolívar, entre calle Federación y calle Virgen del Valle, edificio Fucheong, Piso 2, Apartamento Nº 08, San Carlos estado Cojedes, representado por su Apoderado Judicial Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, solicita que le sea decretado título suficiente de propiedad, sobre una bienhechuría edificada con dinero de su propio peculio particular, sobre el lote de terreno cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones especifica debidamente en su petición.
El solicitante consigno las siguientes pruebas instrumentales:
• Copia de Cédula del solicitante, folio 04.
• Copia de Cédula y del Carnet INPREABOGADO del Apoderado Judicial del solicitante, folio 05.
• Copia Simple de Titulo de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario, folios 06 al 10.
• Copia Simple de Notificación del expediente Nº ORT-114-09-0801-0104-RE, del Auto de Emplazamiento en el procedimiento de Rescate de Tierras, folio 11.
• Mapa de ubicación del predio rural expedido por el INTI del Ministerio del Poder Popular Para la Agricultura y Tierras, folio 12.
• Copia Simple de la Cédula de los Testigos promovidos, folios 13 al 14.
Adicionalmente, este Tribunal consideró oportuno practicar una Inspección Judicial, la cual se verificó en fecha 01 de Abril de 2022, con registro fotográfico, es decir, que en uso del principio de inmediación este Tribunal pudo constatar que dentro del lote de terreno identificado en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, en el cual existen las siguientes bienhechurías: Una (01) Casa de habitación principal: representada en una edificación de un nivel, cuyas medidas son (6,85 m x 12,60 m) aproximadamente, para un área de construcción de (93,84 m2) aproximadamente. La edificación espacialmente distribuida en dos habitaciones para dormitorio, cocina, comedor sala, un baño. El sistema constructivo es de construcción tradicional de bloques de concreto frisado liso en su interior y el exterior y pintados con pintura de caucho, techo de acerolit sobre estructura metálica, piso de concreto, ventanas tipo ventilación. Sistema eléctrico embutidos en paredes; acometida de aguas blancas y servidas en tubos plásticos PVC de diferentes diámetros. Una (01) Casa de habitación: representada en una edificación de un nivel, cuyas medidas son (6,85 m x 12,60 m) aproximadamente, para un área de construcción de (93,84 m2) aproximadamente. La edificación espacialmente distribuida en dos habitaciones para dormitorio, cocina, comedor sala, un baño. El sistema constructivo es de construcción tradicional en paredes de bloques de concreto frisado liso en su interior y el exterior y pintados con pintura de caucho, techo de acerolit sobre estructura metálica, piso de concreto, ventanas tipo ventilación. Sistema eléctrico embutidos en paredes; acometida de aguas blancas y servidas en tubos plásticos PVC de diferentes diámetros. Un (01) Galpón para depósitos techado con piso de concreto: Representada en una edificación cuyas medidas son de (5,70 x 15.70 m) aproximadamente, para un área de construcción de (89.49 m2) aproximadamente. El sistema constructivo utilizado es de tubos estructurales, techo de acerolit sobre estructura metálica. Piso de concreto. Un (01) Galpón para depósitos techado con piso de concreto: Representada en un área de construcción de (163.20 m2) aproximadamente. El sistema constructivo utilizado es de construcción tradicional en paredes de bloques de concreto sin frisar, en tubos estructurales, techo de acerolit sobre estructura metálica, piso de concreto. Una (01) Garita para vigilancia, representada en un área de construcción de (3,25 x 3,15) aproximadamente, para un área de construcción de (10,23 m2 sobre 08,00 metros de altura) aproximadamente, de tres pisos, estructura de concreto, y el último nivel de estructura metálica y techo de loza cero. Un (01) Caney de dos (02) niveles, Representada por una edificación cuyas medidas son (22,80 m x 15,30 m) aproximadamente, para un área de construcción de (348.84 m2) aproximadamente, fundaciones directas y vigas de riostra de concreto armado, columnas de concreto armado, techo de acerolit sobre estructura metálica, piso de concreto pulido, paredes de bloques frisados y pintadas en ambas caras, puertas, ventanas panorámicas, tres baños, una oficina, un salón de fiestas, corredor. Instalaciones eléctricas empotradas en pared y piso, con interruptores y tomacorriente. Una (01) piscina de concreto armado, revestido en cerámica, para un área de construcción de (229.60 m2) aproximadamente, Un (01) Corral Gallinero, para un área de construcción de (31.93 m2) aproximadamente. Un (01) Corral de alimentación. Conformado en un ambiente abierto y techado. Representada por una estructura que tiene por medidas de (23,50m x 18.40m x 18.80 x 19,20m) aproximadamente, están construido con el estructura con tubos de hierro, piso de concreto y techo de acerolit sobre estructura de hierro, una manga, brete. Una (01) Cochinera techada. Representada por una estructura que tiene por medidas de (12,70 m x 08,60m) aproximadamente, para un área de construcción de (109,22 m2) aproximadamente, conformado en un ambiente abierto, están construidos con la estructura con tubos de hierro, piso de concreto y techo de Zinc sobre estructura de hierro. Tres (03) portones de hierro. Tendido eléctrico de tres líneas aéreas de mediana tensión, en tres hilos conductor de aluminio, instalado en Diecinueve (19) poste de hierro en un tramo de 475 metros aproximadamente, con un (01) Bancos de transformación de 25 KVA. Dos (02) Aljibes. Un (01) Pozo. Un (01) Galpón para cría de Pollos, representada por una estructura que tiene por medidas de (13,00 m x 30,60 m) aproximadamente, para un área de construcción de (397,80 m2) aproximadamente, conformado en un ambiente abierto, están construidos con la estructura con tubos de hierro, piso de concreto y techo de Zinc sobre estructura de hierro, Cercas internas convencionales Conformada por estructura construida en pared de bloques de concreto y una malla de alfajor. Representada por una estructura que tiene por medidas de (5,30m x 7,00m x 1,55m x 34,00m x 72,60m x 26,40m x 17,00m x 17,40m) aproximadamente. Un (01) Bancos de transformación de 10 KVA. Cercas internas convencionales Conformada por estantillos de madera aserrada cada 2,00 m y botalones de madera cada 50 m con cinco pelos de alambre de púas, con una longitud de 6.80 Km aproximadamente, de longitud. Conformando con un (01) potreros. Reservorio de agua (Laguna 1) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Reservorio de agua (Laguna 2) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Reservorio de agua (Laguna 3) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Reservorio de agua (Laguna 4) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Reservorio de agua (Laguna 5) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Reservorio de agua (Laguna 6) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Reservorio de agua (Laguna 7) Lagunas levantadas con maquinaria pesada con muros de contención por todo el perímetro para reservorio de agua y cría de peces. Cercas perimetrales convencionales Conformada por estantillos de madera aserrada cada 2,00 m y botalones de madera cada 50 m con cinco pelos de alambre de púas, con una longitud de 6.80 Km, de longitud, Cerca perimetral, con columnas de concreto de 0.20 x 0.20 con un distanciamiento de 7 metros aproximadamente, Vialidad interna de granzón. Conformada por un terraplén de 6 Mts, de ancho con cunetas a ambos lados, construidos con motoniveladora, con una longitud de 1.00 Km, de longitud aproximadamente. Asimismo, se observó la existencia de actividad Agrícola Vegetal tales como Topocho, Cambur y Plátano, coco, cemeruca, guanábana, lechosa, actividad Pecuaria, representada por: 26 búfalos, 19 cochinos, 1 vaca, 2 mautes, 08 ovejos, 3 caballos. También se observó la existencia de las siguientes maquinarias: 3 tractores de color rojo, modelo Belarus, 1 rastra de 28 discos operativa, 2 de 6 discos operativos, el cual uno solo se pudo evidenciar el modelo D45V 95, 1 camión Mazven, placa A19AV6E, color Vinotinto operativo, 1 tanque de estructura metálica, de 10 mil litros aproximadamente de Gasoil, 2 tanques de plásticos de agua elevados con estructura de concreto, de aproximadamente 2 mil litros cada uno, 2 cavas pequeñas, para el almacenamiento de carne, 2 motores a gasolina inoperativo, 1 volqueta inoperativa.
-IV-
Decisión
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por el Ciudadano WENGUANG WU, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.800.841, domiciliado en la Avenida Bolívar, entre calle Federación y calle Virgen del Valle, edificio Fucheong, Piso 2, Apartamento Nº 08, San Carlos estado Cojedes, representado por su Apoderado Judicial Abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 219.958, estudiado el caso y sometido a conocimiento de este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría. Se comisionó para la obtención de las copia al Ciudadano Asistente de este Juzgado ANTONY J. GARCIA F., titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.949.108, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los Trece (13) días del mes de Junio del año dos mil veintidós (2022). Años: 212º y 163º.



El Juez Provisorio,
Abg. CARLOS ANTONIO ORTIZ PEREIRA
La Secretaria,
Abg. MIRTHA C. CHIRIVELLA J.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las Once (11:00), de la mañana, quedando anotada bajo el Nº 038-2022.



La Secretaria,
Abg. MIRTHA C. CHIRIVELLA J.
Exp. Nº. 0715
CAOP/MCCHJ/Antony