REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES Y CON COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS CON SEDE EN SAN CARLOS

En horas de despacho del día hoy, veinticuatro (24) de febrero del año dos mil veintidós (2022), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral prevista en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fijada por auto de fecha 09 de febrero de 2022. Presentes en la Sala de audiencia la abogada ERIKA DE LOURDES CANELON LARA, Jueza Provisoria de este Juzgado, el abogado MANUEL SALVADOR PINTO PINTO, Secretario del Tribunal y el ciudadano JEHINSSON ESTEBAN PEROZO VASQUEZ, Alguacil del mismo. Se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y al anunció no compareció la parte demandante-apelante SOCIEDAD MERCANTIL AVICOLA BONANZA C.A., ni por si ni por medio de apoderado alguno. Igualmente Se deja expresa constancia que al anunció compareció la abogada CARMEN ALEIDA ZERPA CASTILLO, apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL AVICOLA SERBOCAR 11 C.A., acto seguido la ciudadana Jueza informa a la parte que la presente audiencia oral se celebra conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la cual se evacuarán las pruebas que se hayan promovidas y se oirán sus Informes. Seguidamente la Jueza concedió a la parte un tiempo de diez (10) minutos a los fines del tratamiento de las pruebas promovidas en forma oral y sus informes. La abogada CARMEN ALEIDA ZERPA CASTILLO, apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL AVICOLA SERBOCAR 11 C.A., parte demandada hizo uso de la palabra y expuso: que se aplique el criterio de la Sala Constitucional la cual se desestime la apelación por la incomparecencia de la parte demandante-apelante a la presente audiencia, por no mostrar interés procesal y se confirme el fallo dictado en fecha 22 de noviembre de 2021 dictado por el Tribunal aquo, igualmente solicito se confirme el escrito de contestación de oposición a la temeraria infundada apelación, presentada por la apoderada judicial de la parte demandante asimismo solicito copia certificada de la presente acta de audiencia. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia oral no fue grabada por cuanto en el tribunal no consta con los equipos de grabación. Se fijó el tercer (3) día de despacho siguiente para dictar la sentencia correspondiente en audiencia oral, a las 11:00 a.m. Es todo. Se da por concluido el Acto. Terminó, se leyó y conformes firman.



La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON LARA



Apoderada Judicial de la Parte Demandada,
Abg. CARMEN ALEIDA ZERPA CASTILLO
El Alguacil,
JEHINSSON E. PEROZO VASQUEZ



El Secretario,
Abg. MANUEL S. PINTO P.
Exp. Nº 1.074-22
EDLCL/Manuel