REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES Y CON COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS CON SEDE EN SAN CARLOS
San Carlos, 27 de septiembre de 2019
209° y 160°
De una revisión minuciosa y exhaustiva a las actuaciones que conforman el presente Expediente, se observa al folio 55 de la primera pieza, oficio N° 0440-2018 de fecha 21 de noviembre de 2018, librado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a la ciudadana Rosana Escobar Directora de la Unidad Estadal del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (SENIAT), solicitando la planilla especial para el pago de la multa impuesta mediante decisión de fecha 15 de noviembre de 2018, al tratarse de una institución que maneja fondos públicos, considera necesario esta Sentenciadora en uso y resguardo del orden público y actuando en alzada, de conformidad con el numeral 2º del Artículo 514 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dictar un auto para mejor proveer, en consecuencia se ordena oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los fines de que remita en un lapso perentorio de tres (03) días de despacho, información de la fecha de envío del referido oficio N°0440-2018, de fecha 21 de noviembre de 2018, y si le fue emitida la planilla especial para el pago de multas por la institución antes nombrada, en consecuencia el dispositivo del fallo será dictado al día de despacho siguiente una vez que conste en autos las resultas de la información solicitada mediante este auto. Cúmplase.


La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELÓN LARA


El Secretario,
Abg. MANUEL SALVADOR PINTO P.
En la misma fecha se libro oficio N° 198-19.



El Secretario,
Abg. MANUEL SALVADOR PINTO P.

Exp. Nº 1032-19
EDLCL/Manuel