REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 30 de mayo de 2019
209° y 160°
Por recibido en fecha 28 de mayo de 2019, bajo el oficio N° 240-2019, de fecha 14 de mayo de 2019, emanado del Juzgado de Primera Instancia Agraria de esta misma Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto actuaciones debidamente certificadas del Expediente Nº 0357, relacionado con el Recurso de Apelación en un solo efecto interpuesto por la abogada Anavith Moreno, venezolana, titular de la cédula de identidad V-14.899.709, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 136.488, Defensora Pública Primera en Materia Agraria del estado Cojedes, en representación del ciudadano Manuel Aparicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.769.364, contra el auto dictado en fecha 05 de febrero de 2019, conformado por una (1) pieza de noventa y nueve (99) folios útiles, relacionado con la MEDIDA DE PROTECCIÓN (APELACIÓN), seguido por el ciudadano José Gregorio Peñalver Herrera, en virtud del Recurso de Apelación ejercido en fecha 12 de febrero del presente año, mediante escrito, contra el auto dictado en fecha 05 de febrero de 2019, désele entrada en el libro respectivo. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, fija un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, vencido el lapso probatorio, este Juzgado Superior fija Audiencia Oral, la cual tendrá lugar al 3er tercer día de Despacho siguiente, a las 11:00 de la mañana, conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.



La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELÓN LARA



El Secretario,
Abg. MANUEL S. PINTO P.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1019-19. LA FOLIATURA TACHADA: NO VALE.



El Secretario,
Abg. MANUEL S. PINTO P.

EDLCL/MSPP/NAREA
Exp. Nº 1019-19