REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 07 de junio de 2019
209° y 160°
Por cuanto se observa que en fecha 20 de mayo de 2019, se dejó constancia del vencimiento del lapso concedido para que los terceros o interesados se dieran por notificados en el presente recurso, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, revoca por contrario imperio el referido auto y se aclara que el lapso para darse por notificados los terceros interesados venció el día 21 de mayo de 2019. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ
El Secretario,
Abg. MANUEL S. PINTO P.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abg. MANUEL S. PINTO P.
Exp. N° 999-18
EDLCL/ Manuel.