REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

En horas de despacho del día hoy, veintiséis (26) de enero del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Oral prevista en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fijada por auto de fecha 10 de enero de 2018. Presentes en la Sala de Audiencia la Abogada ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ, Jueza Provisoria de este Juzgado, el Abogado ARMANDO JOSE CHIRIVELLA PACHECO, Secretario del Tribunal y el Abogado ALFREDO MORALES, Alguacil del mismo. Se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y al anunció compareció el Abogado JESUS GREGORIO ANDRADE QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.158.137, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 234.937 y con domicilio procesal en la sede de la Unidad de Defensa Pública del estado Cojedes, ubicada en el Edificio Manuel Manrique, Calle Sucre, entre Calles Manrique y Libertad, Piso 2 de la Ciudad de San Carlos estado Cojedes, actuando en su carácter de Defensor Público Segundo Auxiliar Agrario del estado Cojedes y en representación de las Solicitantes Ciudadanas NORELA CONCEPCION RUMBO LANDAETA y LEANA NORIERSY RUMBO LANDAETA y la Abogada ANAVITH GISELA MORENO JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.899.709, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 136.488 y domiciliada procesalmente en la Calle Sucre entre Calle Manrique y Libertad, Edificio General Manuel Manrique, 2 Piso, Oficina de Unidad de Defensa Pública, San Carlos estado Cojedes, en su carácter de Defensora Pública Primera del estado Cojedes y en representación del Ciudadano SILCIO ANTONIO MENDOZA LINARES. Acto seguido la Ciudadana Jueza informa a los compareciente que la presente Audiencia Oral se celebra conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la cual se evacuarán las pruebas que se hayan promovidas y se oirán sus Informes. Seguidamente la Jueza concedió a la parte un tiempo de diez (10) minutos a los fines del tratamiento de las pruebas promovidas en forma oral y sus informes. El Abogado JESUS GREGORIO ANDRADE QUINTERO, actuando en su carácter de Defensor Público Segundo Auxiliar Agrario del estado Cojedes y en representación de las Solicitantes Ciudadanas NORELA CONCEPCION RUMBO LANDAETA y LEANA NORIERSY RUMBO LANDAETA, hizo uso de la palabra, le dio trato oral a las pruebas promovidas y expuso sus Informes y la Abogada ANAVITH GISELA MORENO JIMENEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera del estado Cojedes y en representación del Ciudadano SILCIO ANTONIO MENDOZA LINARES, hizo uso de la palabra, le dio trato oral a las pruebas promovidas y expuso sus Informes, consignando Escrito de Informes, constante de cuatro (4) folios útiles, a lo que el Tribunal acuerda agregar a los autos para que surta sus efectos legales. Igualmente se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue grabada y formará parte integral del expediente, por aplicación del artículo 225 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, estando a disposición de los comparecientes cuando así lo requieran. Se fijó el tercer (3) día de despacho siguiente para dictar la Sentencia correspondiente en Audiencia Oral, a las 11:00 a.m. Es todo. Se da por concluido el Acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.


La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ



La Representación Legal de Las Solicitantes,
Abg. JESUS GREGORIO ANDRADE QUINTERO



La Representación Legal de SILCIO A. MENDOZA LINARES,
Abg. ANAVITH GISELA MORENO JIMENEZ


El Alguacil,
Abg. ALFREDO MORALES


El Secretario,
Abg. ARMANDO J. CHIRIVELLA P.

Exp. Nº 987-18
EDLCDP/armando