REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

En horas de despacho del día hoy, diecinueve (19) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Oral prevista en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fijada por auto de fecha 29 de noviembre de 2018. Presentes en la Sala de Audiencia la Abogada ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ, Jueza Provisoria de este Juzgado, el Abogado ARMANDO JOSE CHIRIVELLA PACHECO, Secretario del Tribunal y el Ciudadano JEHINSSON ESTEBAN PEROZO VASQUEZ, Alguacil del mismo. Se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y al anunció compareció el Abogado CARLOS FRANCISCO PIVA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.218.569, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 171.627 y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandante-Apelante Ciudadanas CARMEN ALIDA YUSTI DE DA SILVA y CARMEN ELENA DA SILVA DA. Acto seguido la Ciudadana Jueza informa a la parte que la presente Audiencia Oral se celebra conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la cual se evacuarán las pruebas que se hayan promovidas y se oirán sus Informes. Seguidamente la Jueza concedió a la Parte un tiempo de diez (10) minutos a los fines del tratamiento de las pruebas promovidas en forma oral y sus informes. El Abogado CARLOS FRANCISCO PIVA MORENO, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandante-Apelante Ciudadanas CARMEN ALIDA YUSTI DE DA SILVA y CARMEN ELENA DA SILVA DA SILVA, hizo uso de la palabra, le dio trato oral a las pruebas promovidas y expuso sus Informes y consigno Escrito de Informe constante de tres (3) folios útiles, a lo que el Tribunal acuerda agregar a los autos para que surta sus efectos legales. Igualmente se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue grabada y formará parte integral del expediente, por aplicación del artículo 225 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, estando a disposición de las partes cuando así lo requieran. Se fijó el tercer (3) día de despacho siguiente para dictar la Sentencia correspondiente en Audiencia Oral, a las 11:00 a.m. Es todo. Se da por concluido el Acto. Terminó, se leyó y conformes firman.



La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ


Apoderado Judicial de la Parte Demandante-Apelante,
Abg. CARLOS FRANCISCO PIVA MORENO


El Alguacil,
JEHINSSON E. PEROZO VASQUEZ


El Secretario,
Abg. ARMANDO J. CHIRIVELLA P.
Exp. Nº 1.007-18
EDLCDP/armando