REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
En horas de despacho del día hoy, dos (2) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Oral prevista en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fijada por auto de fecha 19 de julio de 2017. Presentes en la Sala de Audiencia la Abogada ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ, Jueza Provisoria de este Juzgado, el Abogado ARMANDO JOSE CHIRIVELLA PACHECO, Secretario del Tribunal y el Abogado ALFREDO MORALES, Alguacil del mismo. Se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y al anuncio compareció la Abogada FRANCESCA MORTILLARO AFFAQUI venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.098.441, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.209 y domiciliada procesalmente en la Avenida Ricaurte, Edificio Nº 7-60, PB, Local Nº 2, San Carlos estado Cojedes, en su condición de Apoderada Judicial de la Parte Demandante Ciudadanos LUÍS EDUARDO BADIALI D`AGOSTA, GIOVANNA D`AGOSTA DE BADIALI, ROSA MARIA BADIALI D`AGOSTA, YRENE BADIALI D`AGOSTA y SILVIA CRISTINA BADIALI D`AGOSTA y el Ciudadano MIGUEL ENRIQUE BADIALI D’AGOSTA, venezolano, mayor de edad, ganadero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.328.051 y domiciliado en Residencias Roraima, Piso 1, Apartamento 1-D, Edificio 4, San Carlos estado Cojedes, Parte Demandada-Apelante, debidamente asistidos por los Abogados ROSAURA HERRERA DE UZCATEGUI y ELBA X. FAGUNDEZ H., venezolanas, mayores de edad, Abogadas en ejercicio, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-3.998.728 y V-7.251.801 , en su orden, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 34.670, 86.685 y 87.642, en su orden y domiciliadas procesalmente en el Centro Profesional Izamat, Oficina 01-02, de la Ciudad de San Carlos del estado Cojedes. Acto seguido la Ciudadana Jueza informa a la parte que la presente Audiencia Oral se celebra conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la cual se evacuarán las pruebas que se hayan promovidas y se oirán sus Informes. Seguidamente la Jueza concedió a la parte un tiempo de diez (10) minutos a los fines del tratamiento de las pruebas promovidas en forma oral y sus informes. La Apoderada Judicial hizo uso de la palabra exponiendo sus Informes y la Parte Demandada-Apelante hizo uso de la palabra y le dio trato oral a las pruebas promovidas y expuso sus Informes. Igualmente se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue grabada y formará parte integral del expediente, por aplicación del artículo 225 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, estando a disposición de las partes cuando así lo requieran. Se fijó el tercer (3) día de despacho siguiente para dictar la Sentencia correspondiente en Audiencia Oral, a las 11:00 a.m. Es todo. Se da por concluido el Acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ
Apoderada Judicial de la Parte Demandante,
Abg. FRANCESCA MORTILLARO AFFAQUI
Parte Demandada-Apelante,
MIGUEL ENRIQUE BADIALI D’AGOSTA
La Abogada Asistente,
Abg. ROSAURA HERRERA DE UZCATEGUI
La Abogada Asistente,
Abg. ELBA X. FAGUNDEZ H.
El Alguacil,
Abg. ALFREDO MORALES
El Secretario,
Abg. ARMANDO J. CHIRIVELLA P.
Exp. Nº 979-17
EDLCDP/armando