REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GIRARDOT.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
El Baúl, 13 de marzo de 2017
Años: 206° y 158°.
Vista la solicitud de evacuación de título supletorio de propiedad presentada por la ciudadana ARNERIS CAROLINA BOLÍVAR, titular de la cédula de identidad Nº.15.812.767, asistida por el Abogado WILMER GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 85.814; este Tribunal de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº. 2009-0006, fecha 18 de marzo de 2009, mediante la cual se asigna competencia a los Tribunales de Municipio, para conocer de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia y en cualquier otro asunto de semejante naturaleza, en concordancia con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, ordena darle entrada. Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana: ELISA DEL VALLE SEGURA SANOJA, titular de la cédula de identidad Nº. 14.113.734 y a las 10:30 a.m. a la ciudadana YRAISA JOSEFINA BOLÍVAR SANOJA, titular de la cédula de identidad, Nº.12.364.178, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.

El Juez Temporal.
Abg. Emirton I. Rodríguez T.


La Secretaria Suplente.
Abg. Luisana G. Traviezo A.

En esta misma fecha se hizo lo ordenado

La Secretaria Suplente.


Solicitud Nº 2017-191