REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, 06 de junio del año 2017.
207º y 158º
ASUNTO: HP01- L-2014-000031.
PARTE ACTORA: NESTOR ALIS LÓPEZ BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.486.252. (No asistió).
ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: Abg. RAMONA MARGARITA VELÁZQUEZ GARCÉS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 111.353. (No se constituyó).
PARTE DEMANDADA: Entidad de trabajo TRANSPORTE Y COMUNICACIONES BANVENEZ, C.A., “TRANSCOMBAN”.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. ROSLYN MONCADA, inscrita en el I.P.S.A bajo el número 65.179.
PARTE SOLIDARIAMENTE DEMANDADA: Entidad de trabajo BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL.
ABOGADOS DE LA PARTE SOLIDARIA DEMANDADA: Abgs. ANNY KARINA RONDON NARVAEZ y WALTER JOSE RODRIGUEZ BARRADAS, inscritos en el I.P.S.A bajo los números 109.670 y 80.590, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.
En el día de hoy, seis (06) de junio de dos mil diecisiete (2017), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública de juicio se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la Sala de Juicio, presidida por la ciudadana Jueza titular Abogada Yrene Pernalete Mendoza, el Secretario Abogado Edynson José Fernández Fernández, el Alguacil Juan Carlos Pérez y el ciudadano Técnico Audiovisual T.S.U. Nestor Baden Mieres Castillo quien dará por reproducida en forma audiovisual el acto, según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, relacionado con el juicio que por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES intentase el ciudadano NESTOR ALIS LÓPEZ BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.486.252, debidamente representado judicialmente por su Abogada de confianza RAMONA MARGARITA VELÁZQUEZ GARCÉS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 111.353. Se deja constancia de su incomparecencia, ni por si, ni por medio de su apoderada judicial. Igualmente se deja constancia de la comparecencia por la accionada principal la entidad de trabajo TRANSPORTE Y COMUNICACIONES BANVENEZ, C.A., (TRANSCOMBAN), su co-apoderada judicial Abg. ROSLYN MONCADA, inscrita en el I.P.S.A bajo el número 65.179, la cual se tiene por notificada, a pesar de que no consta en el expediente de las resultas de la notificación librada el día 25 de abril del año en curso, la cual corre inserta al folio 181 de 3º pieza que conforma el asunto, y por la entidad de trabajo accionada de forma solidaria, quien lo es, BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL, su co- apoderada judicial Abg. ANNY KARINA RONDON NARVAEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 109.670. Ahora bien, luego de verificar la incomparecencia de la parte DEMANDANTE, ni por si, ni por medio de su apoderada judicial teniendo el deber de la asistir a los actos procesales, al no asistir le corresponde a esta Juzgadora aplicar el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de orden público, en concordancia con la pacífica y reiterada jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y declarar el desistimiento de la acción. Y así se decide.
DECISIÓN.
Por lo que, en orden a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN en el presente juicio, en virtud de la incomparecencia de la parte accionante, ni por si, ni por medio de su apoderada judicial todo de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con la jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Y así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los seis (06) días del mes de junio del año 2017 y publicada a las nueve y cuarenta de la mañana (09:50 a.m.). Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para que sea agregada al cuaderno copiador.
La Jueza titular.
Abg. Yrene Pernalete Mendoza.
El Secretario.
Abg. Edynson José Fernández Fernández.
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 09:50 a.m.
El Secretario.
Abg. Edynson José Fernández Fernández.
Expediente HP01-L-2014-000031.
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