REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 12 de julio de 2017
206º y 158º
Revisado como fue el expediente judicial que nos trata, se evidencia que en fecha 30 de junio de 2015, la Otrora Jueza Provisoria dictó Sentencia Definitiva declarándo el Decaimiento del Objeto del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ordenándo la notificación de las partes sin que a la fecha se haya logrado la práctica de las mismas y por cuanto en fecha primero (01) de junio de dos mil diecisiete (2017), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó Jueza Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, y prestado el debido juramento de Ley en fecha 30-06-2017, verificado así mismo, mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha seis (06) de julio de 2017, según consta en Acta Nº 02 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa. En consecuencia con la finalidad de resguardar el derecho a la defensa y a la Tutela teniendo las partes si lo consideraren conveniente y existieren motivos legales ejercer el derecho que tienen conforme al primer aparte del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, dentro de los tres (3) días de despacho siguientes, lapso que correrá en forma simultánea a la etapa procesal de la presente causa.
La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON DE PÈREZ
El Secretario,
Abg. ARMANDO J. CHRIVELLA P.
EDELCDEP/AJCHP/Rosana
Exp. Nº 925-14