REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 04 diciembre de 2017
207° y 158°
Por cuanto mediante auto de fecha 28 de noviembre de 2017, se dejó constancia del vencimiento del término de diez (10) días para la reanudación de la presente causa, tal como lo preceptúa el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y sin que las partes hubieren hecho uso del derecho de recusación contra la suscrita Jueza, conforme lo establecido en el artículo 90 de la ley eiusdem, y asimismo, vista la comisión proveniente del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ordenada agregar a los autos en fecha 07 de julio de 2017 (inserta a los folios 160 al 167), en consecuencia el Tribunal de conformidad y según lo establecido en el artículo 109 (anteriormente articulo 97) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, declara la SUSPENSIÓN de la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos a partir del día 29 de noviembre de 2017. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Abg. ERIKA DE LOURDES CANELON DE PEREZ
El Secretario,
Abg. ARMANDO J. CHIRIVELLA P.
ELCDP/ajchp/caop
Expediente Nº 941-17