REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
siete de agosto de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: HP11-V-2017-000216
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes 7 de Agosto de 2017, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto inicio de la audiencia preliminar en su Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario de Divorcio Contencioso, ingresada en fecha 12/05/2017. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la parte demandante, ciudadana María Mercedes Urdaneta Velásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.774.092. Se deja constancia de la comparecencia de la demandada de autos, ciudadano Abdelkader Abdalla Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.525.129. Se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abogada Fanny Coromoto Castro Moreno, como Secretaria la Abogada Nurycers Alejandra González Lozada. Se declara abierta la audiencia y se da inicio, imponiéndole a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la Fase de mediación y cuál es la finalidad, la Jueza tiene autonomía y dirección en el desarrollo de la misma. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Abdelkader Abdalla Pérez, quien expone: “Propongo una obligación de Manutención de Trescientos Mil Bolívares mensuales (300.000 Bs) mensuales, el cual será realizado mediante transferencia bancaria, igualmente el progenitor se compromete a cubrir los gastos extras que se puedan generen. Gastos Médicos: Serán cubiertos por ambos progenitores, es decir en un 50% cada uno. Gastos Decembrinos: Serán cubiertos por ambos progenitores, es decir en un 50% cada uno. Gastos de Uniformes y Útiles escolares: Serán cubiertos por ambos progenitores, es decir en un 50% cada uno. Regimen de Convivencia Familiar: El progenitor compartirá con sus hijos de forma abierta, previa comunicación con la progenitora. Custodia: La custodia será ejercida por la progenitora. Responsabilidad de Crianza: Sera ejercida por ambos progenitores. Es Todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana María Mercedes Urdaneta Velásquez, quien expone: Estoy de acuerdo con lo plantado por el progenitor de mis hijos. Es Todo”. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo parcial sobre las instituciones familiar, en el presente asunto por motivo de Divorcio Contencioso, celebrado entre los ciudadanos María Mercedes Urdaneta Velásquez y Abdelkader Abdalla Pérez; por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños (Se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección para Niños, Niñas y Adolescentes), de 6 y 4 años de edad, nacidos en fechas 24/01/2011 y 24/06/2013, respectivamente; dándole el efecto de Cosa Juzgad, firme ejecutoriada. Se da por terminada la presente audiencia. En consecuencia, este Tribunal mediante auto aparte da por concluida la presente audiencia de mediación y acuerda fijar oportunidad para que tenga lugar el día y hora que será fijada la audiencia preliminar en fase de sustanciación. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. MSc. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante
María Mercedes Urdaneta Velásquez
Demandado
Abdelkader Abdalla Pérez
La Secretaria
Abg. Nurycers A. González Lozada
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