REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes

San Carlos, diez (10) de octubre de 2016
157º y 206º
ASUNTO: HP01-L-2016-000040

Analizado el expediente de la demanda presentada por la Abogada Eliana Paulina Rodríguez, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 142.657, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano NOMAR ENRIQUE GÓMEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.414.307, contra el ciudadano: CARLOS SABINO SERRANO NAVEDA, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.629.470 y solidariamente a la entidad de trabajo ASOCIACIÓN COOPERATIVA “EL CATALÁN” R.L.; se observa en el presente asunto que la parte demandada ha pagado los montos acordados mediante acta por MEDIACION POSITIVA suscrito con la parte actora, constatándose a los folios 33 y 34, que la parte actora ha recibido cheque por la cantidad acordada de Bs 125.000,00 sumando la totalidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.250.000,00) Por consiguiente, debe homologarse y darse por terminado el presente asunto.
En este sentido, quien decide verificada la misma, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en atención a su contenido, se HOMOLOGA el presente asunto; en concordancia con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y hace la siguiente declaratoria: este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley: DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la demanda incoada por el ciudadano NOMAR ENRIQUE GÓMEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.414.307, contra el ciudadano: CARLOS SABINO SERRANO NAVEDA, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.629.470 y solidariamente a la entidad de trabajo ASOCIACIÓN COOPERATIVA “EL CATALÁN” R.L.; Así se decide.
La Jueza Titular.

Abg. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA
La Secretaria
Abg. ZENAIDA VALECILLOS