ACTA

N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2015-000144
PARTE ACTORA: CARLOS LUIS SANCHEZ: No compareció.
PARTE DEMANDADA: TELECOMUNICACIONES J3G C.A. y PROYECTO Y MANTENIMIENTO DE TELECOMUNICACIONES RY C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ZAYADITH JARIDE CASTRO y LEONARDO E. SCISCIOLI
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veintiocho (28) de noviembre del año 2016, siendo las 09:00 am, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Jueza Titular, Abg. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA con la asistencia de la ciudadana Secretaria, Se deja constancia que NO COMPARECIÒ por la parte accionante de autos, CARLOS LUIS SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.973.735, ni por si ni representante judicial alguno. Y por la parte demandada TELECOMUNICACIONES J3G C.A. comparece su apoderada judicial ZAYADITH JARIDE CASTRO, inscrita en el IPSA bajo el numero 81.722, cuya representación consta al folio 42 y PROYECTO Y MANTENIMIENTO DE TELECOMUNICACIONES RY C.A. comparece el Abogado LEONARDO E. SCISCIOLI inscrito en el IPSA bajo el Nº 90.480, cuya representación consigna en este acto copia simple para ser certificado por la ciudadana secretaria para luego ser agregado al expediente. Todos reunidos con el objetivo de dar inicio a la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR fijada para el día de hoy en el presente asunto N° HP01-L-2015-000144. Vista la incomparecencia de la parte demandante, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y por consiguiente terminado el proceso de la demanda incoada por el ciudadano CARLOS LUIS SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.973.735, contra TELECOMUNICACIONES J3G C.A. y PROYECTO Y MANTENIMIENTO DE TELECOMUNICACIONES RY C.A. La ciudadana jueza da por concluido el acto y ordena una vez cumplido el lapso legal de cinco (05) días hábiles otorgados a las partes a los fines de ejercer los recursos de Ley, la remisión del expediente al Archivo Sede a los fines de su guarda y custodia hasta el envío definitivo al Archivo Judicial. Se elaboran dos (02) ejemplares de un mismo tenor y aun efecto, uno para ser agregada al expediente y uno para el cuaderno copiador. Es todo y conformen firman.


La Jueza Titular,
Abg. DENIS MARGARITA LEON SEQUERA
La secretaria,
Abg. ZENAIDA VALECILLOS

Parte demandada y/o representante