REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes
San Carlos, veinte (20) de junio de 2016
206º y 157º
ASUNTO: HP01-L-2015-000069
Revisadas las actas procesales de demanda por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, incoada por el ciudadano JOSE RAMON ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº v-16.993.280, asistido por el Abg. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ BOLIVAR, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 48646, contra la entidad de trabajo "HASELCA ASESORES DE SEGURIDAD C.A.”. A los folios 182 al 190, consta transacción suscrita por las partes. Al folio 190 consta copia de cheque por la cantidad de Bs. 80.000,00 el cual dicho monto fue recibido por la parte accionante.
En este sentido, quien decide, ha constatado que la parte accionante ha recibido el monto informado. Por lo que verificado el pago, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en atención a su contenido, se HOMOLOGA el presente asunto; en concordancia con los artículos 255 del Código de Procedimiento Civil, por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley: DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la demanda incoada por el ciudadano el ciudadano JOSE RAMON ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº v-16.993.280, asistido por el Abg. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ BOLIVAR, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 48646, contra la entidad de trabajo "HASELCA ASESORES DE SEGURIDAD C.A.”; Se ordena su remisión al Archivo Sede a los fines de su guarda y custodia hasta el envió definitivo al Archivo Judicial. Así se Decide.
La Jueza Titular.
Abg. DENIS MARGARITA LEÓN SEQUERA.
La Secretaria,
Abg. ALEXANDRA SILVA
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